El Estado asegura con 636 millones de euros un total de 25 obras de Georges de la Tour que se exponen en el Prado

EUROPA PRESS

La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a los bienes culturales que figura en el anexo de la orden ministerial, a los efectos de su exhibición en el Museo Nacional del Prado en la muestra 'Georges de La Tour'.

De este modo, el Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras que figuran en el anexo de esta orden, de acuerdo con los valores y las condiciones expresadas en la documentación que figura en el expediente.

Además, cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte por la institución solicitante, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado.

El BOE precisa que el periodo de cobertura de la Garantía del Estado se ha iniciado el 2 de febrero de 2016 y surtirá efecto desde la entrega de las obras por parte del cedente hasta la devolución de las mismas en su lugar de origen o en otro designado por el cedente, con fecha límite de 5 de julio de 2016.

En caso de ampliación de la exposición, la garantía del Estado podrá prorrogarse, a petición de la institución solicitante, previa conformidad expresa de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas. El acuerdo de conformidad expresará el plazo de vigencia de la Garantía y las obras a las que resulta de aplicación la prórroga.

Previamente a la entrega de las obras garantizadas en sus lugares de recogida, personal técnico cualificado elaborará un informe exhaustivo sobre el estado de conservación de cada una de ellas. Obtenida la conformidad escrita de cedente y cesionario sobre dicho informe, se procederá por parte de ambos a la firma del acta de entrega.

El acta de devolución se firmará en el momento de entrega de las obras a los cedentes en sus lugares de origen o en los lugares por ellos designados. En el acta de devolución deberá constar la conformidad de cedente y cesionario acerca de las condiciones en que se encuentran las mismas.

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