Los canales de TV que superen los límites de publicidad pagarán una multa de hasta medio millón de euros

  • El Congreso ha dado luz verde al primer trámite parlamentario que debe pasar el proyecto de Ley General de Comunicación Audovisual. Un texto que recoge mayores sanciones económicas que la norma actual, establece límites a los contenidos pornográficos y de violencia y crea un órgano independiente que velará por su cumplimiento. Consumidores y anunciantes critican que con la nueva ley aumentará a 29 minutos la publicidad por hora de emisión.
Beatriz Toribio
Beatriz Toribio

La futura Ley Audiovisual, que por primera vez recoge en un único texto toda la normativa que regirá a este sector,ha pasado hoy su primer trámite parlamentario con el rechazo, por 176 votos en contra, 149 a favor y 10 abstenciones,de las enmiendas de totalidad, defendidas por PP e IU-ICV-ERC.La vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, ha sido la encargada de defender una norma "imprescindible" para elsector y "tantas veces prometida por los distintos gobiernos"de lademocracia.

La norma va a suponer una serie de cambios muy importantes  en materia de contenidos, protección a los menores, publicidad y otros aspectos. Además, incorpora un régimen de sanciones económicas que pondrán en más de un aprieto a todas aquellas cadenas de televisión u operadores que no la cumplan con las reglas.

Así, aquellas cadenas que no respeten los límites de publicidad que fija la nueva ley -infracción que se considera grave- podría ser objeto de una multa de 100.001 a 500.000 euros.  Un "aumento notable" respecto a la actualidad, como explica Luis Murilla, socio del despacho Quatrecasas, ya que la ley vigente, que data de 1994, establece que las infracciones graves serán sancionadas con multas "de hasta 50.000.000 pesetas", es decir un máximo de 300.000 euros.

En el caso de las sanciones "muy graves" ahora penadas con una multa mínima de 300.000 euros y máxima de 600.000, ahora se sancionarán con una multa de "500.001 hasta 1 millón de euros" en el caso de la televisión. En el ámbito de la radio es algo inferior.

Aunque desde el sector y desde el PP se ha calificado este régimen sancionador como "abusivo"Oscar López, el diputado del Grupo socialista que se ocupa de esta ley, considera que es "equilibrado" aunque "podría ser matizado durante la tramitación parlamentaria" de la norma.

Lo cierto es que por primera vez tanto la cuantía como el contenido al que se aplica estas sanciones es "más claro ya que a esto hay que unir el esfuerzo en definiciones de concepto que hace la Ley", afirma Luis Murillo.

Junto con las sanciones, la futura Ley Audiovisual recoge otros cambios:

Publicidad por hora de emisión

Se establece que no se podrá emitir más de 12 minutos de mensajes publicitarios por "hora de reloj". Sin embargo, como epxlica Luis Murillo, socio de Quatrecasas, el anteproyecto "no establece reglas diarias y se habla de hora de reloj, no de hora natural, que es un concepto más claro". La norma vigente hasta hoy establece que el tiempo total dedicado a la emisión de publicidad en todas sus formas" no será superior al "20% del tiempo diario de emisión".

Pero además, hay quienes consideran que la nueva norma abre la puerta a que la publicidad se duplique en cada hora de emisión. Una docena de asociaciones de consumidores, anunciantes y agencias de medios presentaron recientemente un documento en el que denuncian que habrá hasta 29 minutos de publicidad cada hora, ya que a los 12 minutos de publicidad convencional, le nueva ley permite otros 12 minutos de telepromociones y 5 más de autopromociones.

El diputado Oscar López niega que esto vaya a ser así, ya que las cadenas de televisión "no van a consumir los 5 minutos de autopromoción" y la telepromoción se realizará dentro de cada programa. "Por ejemplo, que Ana Rosa Quintana promicione Cola-Cao en su programa".

Adiós al porno y los juegos de azar

La norma prohíbe la emisión en abierto de contenidos pornográficos o de violencia gratuita, que a partir de ahora sólo podrán emitirse entre las 22 y las 6 horas, al igual que cualquier otro contenido que se considere lesivo para los menores de edad. En cuanto a los programas dedicados a los juegos de azar y apuestas, sólo de podrán emitir de la 1 a 5 horas.

Creación del Consejo Estatal de Medios Audiovisual

Ésta es otra de las grandes novedades de la futura ley. Se trata de un órgano que existe en la gran parte de la UE, pero que, hasta ahora en España no existía. Aunque es independiente, estará adscrito al Ministerio de la Presidencia y su finalidad será velar por la "transparencia y pluralismo" del sector audiovisual, deberá controlar el cumplimiento de la norma y aplicar la sanciones económicas que se recogen en ella.

Desde el PP, el diputado Miguel Ángel Cortés critica que se trata de un "órgano censor" que podrá poner multas cuando en la legislación española ésta "no es competencia de un órgano administrativo, sino de un juez". Además, critica el alto coste que supondrá la creación de este consejo, que ya existe en algunas autonomías como Andalucía o Cataluña. El Consejo Audiovisual de Cataluña cuenta con un presupuesto de 11 millones de euros.

Apoyo a la producción europea

Todos los canales de cobertura estatal o autonómica deberán reservar el 51% de su tiempo de emisión anual a obras europeas, con exclusión del tiempo dedicado a informaciones, manifestaciones deportivas, juegos y publicidad. Y el 50% de esa cuota queda reservada a obras europeas en cualquiera de las lenguas españolas.

Las denuncias del PP

Desde el principal partido de la oposición se ha alertado que la nueva norma podrá suponer el cierre de "una web, blog o cualquier red social"  por orden administrativa cuando incumpla la norma. "Todos los que establezcan una comunicación audiovisual son susceptibles de ser sancionados, incluidos internautas o redes sociales", explica Miguel Ángel Cortés, diputado del PP.

Sin embargo, desde el PSOE y desde Quatrecasas se niega esta posibilidad, ya que el artículo 2.14 se establece que el prestador de un servicios de comunicación electrónica se refiere a aquellos servicios de Internet que ofrezcan canales de televisión. Además, establece que se aplicará la norma cuando sus contenidos "incluyan películas cinematográficas, películas para la televisión o series de televisión".

Tras el rechazo hoy de las enmiendas a la totalidad -que votaron en contra PSOE, CiU y CC mientras que el PNV y varios miembros del Grupo Mixto se abstuvieron- elproyecto podrá seguir su curso en la Comisión Constitucional, quetendrá competencia legislativa plena.

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