Luces y sombras en la nueva Ley de empleadas del hogar

  • El próximo sábado, 30 de junio, vence el plazo para adaptar a la nueva normativa la situación de las personas empleadas del hogar. La nueva ley confiere al trabajador doméstico una serie de derechos de los que hasta ahora estaban exentos. Los sindicatos advierten de que el actuar al margen de la ley puede salir muy caro ya que se prevén sanciones para los empleadores de entre 3.000 y 6.000 euros para aquéllos que no hayan dado de alta a sus trabajadores.

Extremadura se sitúa entre las regiones con mayor proporción de trabajadoras del hogar integradas en el régimen general
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Laura Albor

Irina tiene 30 años, es rumana y lleva seis trabajando en España, casi siempre como trabajadora doméstica aunque a veces también ha probado suerte con la hostelería. Desde hace un mes está de empleada en una casa en el barrio de la Moraleja, en Madrid. La diferencia con otras veces es que en esta ocasión Irina se siente más protegida.

"Estoy muy contenta con la nueva ley, nosotros somos trabajadores como cualquier otro, como un basurero o un barrendero, así que no entendía por qué no podíamos tener los mismos derechos", explica la joven a lainformacion.com.

El próximo sábado, 30 de junio, vence el plazo para adaptar a la nueva normativa la situación de las personas empleadas del hogar. La nueva ley confiere al trabajador doméstico una serie de derechos de los que hasta ahora estaban exentos como la capacidad de solicitar una baja por enfermedad, tener una baja por maternidad, además de una indemnización en caso de despido improcedente.

"Tanto del lado de las empleadas como de los empleadores yo creo que introduce mayor seguridad jurídica", afirma Lourdes Santos, profesora de Derecho la Universidad de Salamanca y experta en esta materia.

"Anteriormente a la entrada en vigor de esta nueva normativa existía ya una regulación, uno de los grandes problemas se encontraba en la figura del desistimiento. De la noche a la mañana la empleada del hogar se podía encontrar con que se prescindía de sus servicios y eso había generado varios litigios en los tribunales sobre todo de partes de las empleadas porque consideraban que estaban en una situación clara de indefensión".

Con la nueva normativa el empleador podrá prescindir del trabajador pero tendrá que comunicárselo por escrito. Además, en el caso de que la persona haya estado trabajando en la casa durante más de un año, habrá que darle un plazo de preaviso de mínimo veinte días. En los demás supuestos el preaviso será de siete días.

Además, el empleador deberá indemnizar al trabajador en metálico con una cuantía equivalente al salario correspondiente a doce días naturales por año de servicio, con el límite de seis mensualidades.

Pese a estas nuevas garantías, según Santos, la figura del desistimiento continúa siendo "polémica" ya que no se rige por los mecanismos de un despido convencional. "La nueva regulación da mayores garantías para la empleada pero es discutible si tiene sentido o no la figura del desistimiento porque no obedece a los mecanismos convencionales de despido".

A este respecto Irina señala, "yo estoy contenta con la nueva ley pero conozco chicas que en vez de irlas bien les va a ir mal porque cobran menos a fin de mes porque les quitan de su sueldo para pagar su seguridad social".

Este hecho ha sido denunciado por varias asociaciones de trabajadoras del hogar que aseguran que la nueva regulación afecta a aquellas empleadas que están a tiempo parcial y que no estaban obligadas a cotizar y que ahora tendrán que hacerlo desde la primera hora de trabajo. Con la antigua normativa la propia trabajadora tenía la posibilidad de darse de alta en la seguridad social en función de las horas que trabajaba ya que muchas estaban empleadas en varios domicilios.

Sin embargo, ahora ha de ser el empleador el que se haga cargo de esa cuota, un hecho que puede desencadenar, aseguran desde las asociaciones, la bajada de sueldo de la empleada por obligarla a hacerse cargo de su cuota, su despido por desconocimiento de cómo darla de alta, o bien mantenerla en el trabajo pero sin darle de alta. Según datos de la seguridad social son unas 50.000 personas las que pueden llegar a encontrarse en esta situación de ilegalidad el uno de julio.

"Con la antigua legislación las mujeres que estaban en varias casas trabajando podían darse de alta ellas mismas en la Seguridad Social y así poder cotizar", explica Liz Quintana, asesora jurídica de la Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia, a lainformacion.com."Ahora los empleadores son los que las tienen que dar de alta y esta obligación está llevando a algunos a despedirlas".

Para Santos el problema asola tanto a las trabajadoras nacionales como a las inmigrantes. Las primeras podrán encontrarse con el inconveniente de que si trabajan para distintos hogares y no consiguen que le den de alta "no reunirán el mínimo de horas para la cotización". Mientras que el problema de las extranjeras "es que pueden verse abocadas a una situación irregular sobrevenida ya que necesitan acreditar un periodo mínimo de cotización en la seguridad social para conseguir los papeles o para renovarlos".

A lo largo de los últimos meses, los sindicatos y las asociaciones de trabajadores domésticos, se han esforzado por recordar que el actuar al margen de la ley puede salir muy caro ya que se prevén sanciones para los empleadores de entre 3.000 y 6.000 euros para aquéllos que no hayan dado de alta a sus trabajadores.

Carmen López, de UGT, advertía hace unos días de que en caso de accidente de trabajo, el responsable del hogar tendrá "un problema serio ya que tendrá que correr con todos los gastos" y sentenciaba: "creo que a ningún trabajador de este país, que a la vez es empleador, les gustaría que les dijeran, a ellos o a miembros de su familia, que fueran a trabajar sin contrato".

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