No he regularizado a mi empleada del hogar, ¿qué me puede ocurrir?

  • A partir de mañana todos los empleados de hogar deben estar incluidos en el nuevo "Sistema Especial para Empleados de Hogar", que estará dentro del Régimen General de la Seguridad Social.

Las consultas recibidas por el Ayuntamiento sobre las empleadas del hogar aumentan y suponen más del 30%
Las consultas recibidas por el Ayuntamiento sobre las empleadas del hogar aumentan y suponen más del 30%

Si a lo largo de los últimos días te has acercado a una oficina de la seguridad social seguramente te hayas topado con colas infinitas, horarios ampliados y funcionarios desbordados por el trabajo ante una oleada de peticiones para regularizar la situación de las empleadas del hogar.

Sin embargo y pese a que son muchos los que han esperado al último momento para hacerlo, según estimaciones del Consejo de Gestores Administrativos de España, alrededor de un millón de trabajadores no están dados de alta y siguen en la economía sumergida. Además, según la misma fuente, hace una semana todavía quedaban unos 169.000 trabajadores que se encontraban insertos en el antiguo régimen especial del hogar que hoy desaparece.

Si tú eres una de esas personas que ha decidido exponerse a dejar para más adelante la regulación del trabajador te enfrentas a diferentes problemas según la situación en la que se encontrase éste.

Así, si la persona que trabajaba para ti de forma continua estaba dada de alta dentro del régimen especial del hogar pasará de manera automática a la nueva regulación, "la consecuencia en este caso es que la van a pasar al régimen nuevo con la cotización máxima", explica Juan Suardiaz, responsable del departamento laboral en Abarca Asesores.

Ahora bien, si "el empleador no la tenía dada de alta de ninguna manera, nadie tendría por qué enterarse", afirma Suardiaz. No obstante, las sanciones a las que te podrías enfrentar llegan hasta los 12.000 euros además de la obligación de pagar todas las cuotas anteriores.

"No dar de alta al trabajador puede acarrear una sanción económica", explica Lourdes Santos,profesora de Derecho la Universidad de Salamanca, y explica que aparte de las multas se incluye "la obligación de darle de alta, debiendo abonar las cotizaciones correspondientes desde el día primero en que se presume que se inició la relación, aun cuando ésta no se hubiese formalizado, junto con los recargos correspondientes por no haber procedido a regularizar su situación".

Ahora bien, si lo que has hecho es no regularizar a una empleada que trabaja por horas en varios domicilios la peor parte la sufrirá ella. "Le van a dar de baja en el en el registro de empleadas de hogar si nadie le da de alta", explica Suardiaz.

Hasta este momento era el trabajador, si trabajaba por horas para varios hogares, el que se pagaba su propia seguridad social, sin embargo ahora ha de hacerlo por fuerza el empleador.

Para Santos se plantean dos problemas fundamentales en función de que la trabajadora sea nacional o inmigrante. Las primeras podrán encontrarse con el inconveniente de que si trabajan para distintos hogares y no consiguen que le den de alta "no reunirán el mínimo de horas para la cotización". Mientras que las extranjeras "pueden verse abocadas a una situación irregular sobrevenida ya que necesitan acreditar un periodo mínimo de cotización en la seguridad social para conseguir los papeles o para renovarlos".

Asimismo, en el caso de que hayas llegado a un pacto con tu empleada para pagarle en negro y así no tener que abonar las cuotas de la seguridad social "hay que advertir que se trata de un pacto contra legem y, por tanto, nulo de pleno derecho", explica Santos.

En la nueva normativa se presenta además el problema del control ya que la legislación establece que los inspectores de trabajo pueden entrar libremente, sin previo aviso y en cualquier momento, en todo centro o lugar de trabajo sujeto a inspección y permanecer en ellos. Sin embargo, se recoge también la "inviolabilidad" del domicilio.

"Un inspector de trabajo en un domicilio particular no tiene por qué estar a no ser que te dejen pasar", explica Suardiaz, "la única forma que van a tener de saber que se están produciendo irregularidades es que la propia empleada lo denuncie".

Por otra parte, en el caso de que hayas regularizado al trabajador en el nuevo régimen has de recordar que te has comprometido a otras muchas obligaciones que en el caso de no llevarlas a cabo te podrán acarrear una sanción de hasta 6.000 euros.

"El titular del hogar familiar asume las mismas obligaciones laborales que una empresa cualquiera para con sus trabajadores", nos explica Santos, "así, a título de ejemplo, se consideran faltas muy graves: los impagos y retrasos en la percepción de los salarios, la cesión de trabajadores, obstaculizar los derechos de reunión y sindicación, el acoso sexual, violar el derecho a la intimidad, etc".

A lo largo de los últimos meses, los sindicatos y las asociaciones de trabajadores domésticos, se han esforzado por recordar que el actuar al margen de la ley puede salir muy caro. De este modo, Carmen López, de UGT, advertía hace unos días de que en caso de accidente de trabajo, el responsable del hogar tendrá además "un problema serio ya que tendrá que correr con todos los gastos" y sentenciaba: "creo que a ningún trabajador de este país, que a la vez es empleador, les gustaría que les dijeran, a ellos o a miembros de su familia, que fueran a trabajar sin contrato".

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Laura Albor
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