Archivan el caso del accidente de helicóptero en el que murieron 6 operarios

  • La Audiencia de Teruel ha confirmado el sobreseimiento provisional y archivo de la investigación penal llevada a cabo en torno al accidente de un helicóptero en el que murieron seis miembros de una brigada de extinción de incendios, el 19 de marzo de 2011 entre los municipios turolenses de Villastar y Cubla.

Zaragoza, 12 nov.- La Audiencia de Teruel ha confirmado el sobreseimiento provisional y archivo de la investigación penal llevada a cabo en torno al accidente de un helicóptero en el que murieron seis miembros de una brigada de extinción de incendios, el 19 de marzo de 2011 entre los municipios turolenses de Villastar y Cubla.

En su auto, el tribunal confirma el auto de sobreseimiento provisional dictado en abril por el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Teruel al entender que las pesquisas realizadas no permitían poner de manifiesto ninguna relevancia penal por un presunto delito de imprudencia por negligencia.

La Audiencia turolense se apoya en los informes aportados a la causa para confirmar que el accidente se debió a un fallo mecánico de la aeronave, como apreció la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil.

Para este tribunal, el informe de este organismo investigador determina que el accidente se produjo cuando el helicóptero trataba de hacer un aterrizaje de emergencia debido a un fallo del sistema hidráulico de uno de los componentes mecánicos de la aeronave.

Añade el auto que la instrucción permitió establecer, además, que el técnico o técnicos encargados de la revisión de la aeronave llevaron a cabo "adecuadamente" las inspecciones programadas, y subraya que ni la fiscalía ni las acusaciones particulares en nombre de las familias de los fallecidos pidió su imputación.

El tribunal señala, asimismo, que las autopsias practicadas determinan que en todos los casos el fallecimiento se debió a traumatismos derivados del impacto.

"Consideraciones todas ellas -resalta el auto- que descartan en definitiva de una capacidad de previsión por parte de aquellas personas encargadas de las revisiones o inspecciones que permitiera incardinar su comportamiento dentro del ámbito de la imprudencia penalmente relevante".

La Audiencia tampoco detecta imprudencia en el fabricante del helicóptero ya que el posible defecto de fabricación detectado por los peritos fue posterior al accidente, aunque abre la posibilidad de orientar la demanda a la vía civil de cara a una posible reclamación económica.

Para el tribunal turolense, las alegaciones del recurrente, uno de los familiares de las víctimas, "no desvirtúan en modo alguno la conclusión alcanzada por el instructor de la causa, pues aquella parecer perder de vista que la función de las diligencias previas es establecer si los hechos pudieran ser constitutivos de delito".

"En el presente caso -continúa-, los indicios apuntan a unas muertes accidentales que, siendo trágicas, no son relevantes penalmente, lo cual no permite modificar la resolución recurrida ni justifica la práctica de nuevas diligencias".

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