El Tribunal Supremo confirma la anulación de la sanción por dopaje a Heras de la Vuelta 2005

    • El Supremo ha resuelto que "no ha lugar" a los recursos contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
    • El ciclista español fue sancionado por dar positivo por eritropoyetina recombinante (rhEPO) en 2005.
El Tribunal Supremo confirma la anulación de la sanción por dopaje a Heras de la Vuelta 2005
El Tribunal Supremo confirma la anulación de la sanción por dopaje a Heras de la Vuelta 2005
EFE
lainformacion.com

El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de la sanción por dopaje al ciclista Roberto Heras, tras un recurso interpuesto por la Federación Española de Ciclismo y el abogado del Estado.

El Supremo ha resuelto que "no ha lugar" a los recursos contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

En junio del pasado año, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló la resolución del Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la Federación Española de Ciclismo que sancionó por dopaje a Roberto Heras y le dejó sin el título de campeón de la Vuelta a España 2005.

El ciclista español fue sancionado por dar positivo por eritropoyetina recombinante (rhEPO) cuando se le practicó un control en la vigésima etapa de la ronda española, disputada el 17 de septiembre de 2005.

Cronología del caso

Roberto Heras ganó la Vuelta España en septiembre de 2005.

El 8 de noviembre de 2005, se publicó que había dado positivo por EPO tras la disputa de la penúltima etapa de la vuelta. Diecisiete días después, el contraanálisis confirmó su positivo.

El 7 de febrero de 2006, el Comité Nacional de Competición y Disciplina Deportiva de la Real Federación Española de Ciclismo anuló los resultados individuales de Roberto Heras obtenidos en la Vuelta a España de 2005 y suspendió por 2 años su licencia deportiva.

El 6 de junio de 2006, el Consejo Superior de Deportes se declara incompetente para conocer el recurso presentado por Roberto Heras, contra la resolución de 7 de febrero de 2006 dictada por el Comité de Competición y Disciplina Deportiva de la Real Federación Española de Ciclismo.

El 24 de junio de 2011, la Justicia anula la sanción por dopaje a Roberto Heras. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León considera que el Comité de Disciplina Deportiva actuó sin competencias en el asunto.

El 21 de diciembre de 2012, el Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de la sanción por dopaje al ciclista de Roberto Heras, tras un recurso interpuesto por la Federación Española de Ciclismo y el abogado del Estado.

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