El Supremo inhabilita al consejero delegado de Santander, Alfredo Sáenz

  • El Tribunal Supremo ha condenado al actual consejero delegado del Banco Santander por estafa procesal y denuncia falsa cuando era presidente de Banesto, con una pena de ocho meses de prisión e inhabilitación profesional.
lainformacion.com/Efe
lainformacion.com/Efe

Ocho meses de prisión, multa e inhabilitación especial para cualquier empleo relacionado con la banca. Ésta es la sentencia del Tribunal Supremo, que ha endurecido la condena contra Alfredo Sáenz, actual consejero delegado de Santander y ex presidente de Banesto, por delitos de estafa procesal y denuncia falsa, según publica El Mundo.

La noticia ha caído como una bomba en la entidad presidida por Emilio Botín, que actualmente estudia todas las opciones para recurrir la decisión. No obstante, al haber sido ya condenado por instancias menores, la noticia apenas ha tenido impacto en bolsa.

La cotización de Santander se deja en torno al 1%, un castigo normal dentro de una jornada bajista como la que está viviendo hoy el parqué español. Sin embargo, esta caída le deja al borde de perder los 70.000 millones de capitalización.

Alfredo Sáenz cometió los delitos por los que ha sido condenado cuando era presidente de Banesto y ya fue condenado por la Audiencia de Barcelona hace un año.

Ahora el Tribunal Supremo ha endurecido las penas tras la petición de la Fiscalía del Alto Tribunal y de la acusación particular de los cuatro empresarios afectados, contra los que Sáenz presentó, pese a conocer su inocencia, una querella por estafa y alzamiento de bienes.

El Supremo ha añadido a la condena la pena de inhabilitación que la Audiencia de Barcelona no consideró en su sentencia. En cambio, el directivo no tendrá que ingresar en prisión, dado que la pena impuesta por el Tribunal Supremo es inferior a los dos años.

La sentencia, que aún no ha sido redactada, se dará a conocer previsiblemente a finales de enero, lo que obligará a que Alfredo Sáenz cese de forma inmediata como consejero delegado del Santander.

 

Sentencia polémica

La sentencia, que aún no ha sido redactada, se dará a conocer previsiblemente a finales de enero, lo que obligará a que Alfredo Sáenz cese de forma inmediata como consejero delegado del Santander.

La deliberación en el seno del Alto Tribunal no ha estado exenta de incidentes, ya que se ha sustituido al magistrado que estaba encargado de redactar la sentencia, José Manuel Maza, después de que hubiera rechazado el fallo y tuviera previsto emitir un voto particular, igual que otro de sus compañeros.

La sentencia, que también condena al ejecutivo de Banesto Miguel Ángel Calama y al letrado Rafael Jiménez de Parga, tiene implicaciones inmediatas para el actual consejero delegado del Santander, pues supone su inhabilitación especial.

La pena de inhabilitación especial puede ir de tres meses a 20 años, aunque lo normal es que prive al condenado del ejercicio de sus cargos durante el tiempo de la condena.

El problema es que la Ley de Intervención del Banco de España impide a Alfredo Sáenz seguir ejerciendo como consejero delegado de Santander si tiene una sentencia condenatoria en su contra.

El Santander, en el artículo 24 de su Reglamento del Consejo de Administración, tiene establecido el proceso que se ha de seguir para sustituir a sus máximos responsables o a miembros de su principal órgano de decisión.

Ese artículo establece que en el supuesto de cese, anuncio de renuncia o dimisión, o bien incapacidad de los miembros del consejo, el presidente del grupo, Emilio Botín, o el vicepresidente de mayor rango (Fernando de Asúa) convocarán a la comisión de nombramientos y retribuciones.

Esta comisión deberá examinar y organizar "el proceso de sucesión o sustitución de forma planificada" y proponer al consejo de administración el nombre del nuevo miembro.

Caso Olabarría

El origen de esta causa se remonta a 1994, cuando Banesto emprendió una agresiva estrategia de recuperación de créditos dudosos.

En ese marco, el banco presentó una querella por estafa y alzamiento de bienes contra los empresarios Pedro Olabarría, Luis y José Ignacio Romero y Modesto González Mestre, a quienes reclamaba una deuda de 600 millones de pesetas (3,6 millones de euros).

El juez Luis Pascual Estevill admitió a trámite la querella y decretó medidas de prisión preventiva contra los cuatro industriales (lo que conllevó la condena del juez por prevaricación y detención ilegal por el Supremo en 1996).

Después de que esa causa fuera archivada, los empresarios y Rafael Pérez Escolar -ya fallecido y consejero de Banesto durante la etapa de Mario Conde- presentaron una querella, que sufrió diversos avatares hasta que en mayo de 2006 el Tribunal Supremo ordenó al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que continuara con su tramitación.

En diciembre de 2009, la Audiencia Provincial de Barcelona entendió que Sáenz y los otros dos condenados"tenían conocimiento de que los hechos imputados (a los empresarios) no eran ciertos, así como tampoco los de los escritos posteriores de ampliación de querella" y que actuaron de esa manera como "medida de presión" contra los industriales.

La interposición de la querella por parte de Banesto "obedeció al único propósito de recuperar unos créditos, de la forma que fuere, sin empacho alguno en formularla contra personas físicas que nada debían", criticaron los magistrados de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Mostrar comentarios