El Tribunal Constitucional reabre el 'caso Botín' de las cesiones de crédito

  • La sentencia del Tribunal Supremo que archivaba el 'caso de las cesiones de crédito' estableció la denominada 'doctrina Botín', que impide abrir juicio oral a instancia de la acusación popular.
lainformacion.com

El Tribunal Constitucional ha aceptado a trámite el recurso de amparo presentado por la Asociación de Defensa de Inversores y Clientes (ADIC) contra la sentencia del Tribunal Supremo que archivó el 'caso de las cesiones de crédito' estableciendo la denominada 'doctrina Botín', que impide abrir juicio oral a instancias exclusivas de la acusación popular, según el auto de admisión notificado a las partes.

En el auto, el Constitucional abre una pieza de suspensión de la sentencia dictada el 17 de diciembre de 2007 por el Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Además, el Alto Tribunal da un plazo de tres días (a contar desde este martes) al Ministerio Fiscal, al Abogado del Estado y a los directivos del Santander, entidad que comercializó estos productos en los años 80, para la presentación de sus respectivas alegaciones al recurso presentado por el abogado de la asociación, Iván Hernández, vinculado al fallecido Rafael Pérez Escolar.

El recurso de amparo se fundamenta en que la sentencia del Supremo venía a acabar con la figura de la acusación popular en el procedimiento penal, consagrada en el Derecho español desde hace casi un siglo y cuyos fundamentos fueron matizados en la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el 'caso Atutxa'.

El Tribunal Constitucional da un plazo de 10 días a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, a la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional y al Juzgado central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional para que remitan todas las actuaciones llevadas a cabo sobre el caso.

Un producto financiero cuestionado

Las cesiones de crédito fue un producto financiero comercializado por el Santander entre 1987 y 1989 a sus clientes. La Fiscalía investigó más de 47.240 operaciones con unos 3.500 titulares por un importe superior a los 2.600 millones de euros, a través de las cuales los clientes podrían haber cometido un supuesto delito fiscal.

Los 15 magistrados del Pleno de lo Jurisdiccional de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmaron, con cinco votos particulares emitidos en contra, el archivo de la causa dictado en diciembre de 2006 por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Los directivos del Santander estaban acusados de presuntos delitos fiscales que causaron un perjuicio patrimonial de 84 millones de euros.

De los 138 clientes de la entidad que fueron acusados de defraudar a Hacienda a través de estos productos, un centenar de las causas fueron enviadas a los Juzgados de Instrucción de sus respectivas provincias y 38 están dentro del proceso de la Audiencia Nacional.

Durante el proceso, la Fiscalía de la Audiencia Nacional, representada por el fiscal Vicente González Mota, pidió en 14 ocasiones el archivo de las actuaciones contra los responsables de la entidad, mientras que la Abogacía del Estado se pronunció en los mismos términos en siete ocasiones. El auto del Tribunal Constitucional está firmado por la presidenta, María Emilia Casas y los magistrados Javier Delgado Barrio, Jorge Rodríguez-Zapata, Manuel Aragón y Pablo Pérez Tremps.

Mostrar comentarios