La cnmc incluye a 11 empresas distribuidoras de automóviles en el expediente sancionador abierto al sector


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha ampliado la incoación del expediente sancionador abierto en el mercado español de la distribución de automóviles, incluyendo a 11 empresas distribuidoras de automóviles, entre las que se encuentran Citroën, BMW, Peugeot, Mercedes Benz, Renault o Prosche, hasta un total de 26 incoadas.
En concreto, las 11 empresas incluidas en el expediente son Automóviles Citroën España, B&M Automóviles España, BMW Ibérica, Chevrolet España, Mazda Automóviles España, Mercedes Benz España, Orio Spain, Peugeot España, Prosche Ibérica, Renault España Comercial y Volvo Car España.
Con fecha 30 de agosto de 2013, y tras las inspecciones realizadas los días 23, 24 y 25 de julio de 2013 en varias empresas del sector, se incoó el expediente sancionador contra 15 empresas.
Estas eran Chrysler España, Fiat Group Automobiles Spain, Ford España, General Motors España, Honda Automóviles España, Hyundai Motor España, Kia Motors Iberia, Nissan Iberia, Peugeot Citroën Automóviles España, Renault España, Seat, Snap-On Business Solutions, Toyota España, Urban Science España y Volkswagen Audi España.
El motivo fueron posibles prácticas anticompetitivas consistentes en acuerdos para el intercambio de información comercialmente sensible y estratégica entre empresas distribuidoras de automóviles en España, indicó el organismo.
Tras el análisis de la documentación que obra en el expediente, en particular, la que se ha obtenido en las inspecciones realizadas, se ha tenido acceso a determinada información de la que puede deducirse la existencia de “indicios racionales” de la participación de las 11 empresas distribuidoras de diversas marcas de automóviles en España, señala el regulador en una nota.
Por esta razón, la Dirección de Competencia ha ampliado la incoación del expediente a estas 11 empresas, por una posible infracción de dos artículos de Defensa de la Competencia, y otro del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
La ampliación de la incoación no prejuzga el resultado final de la investigación, manteniéndose vigente el periodo máximo de 18 meses desde la fecha de la incoación inicial para la instrucción y resolución de este expediente por la CNMC.

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