Dación en pago y posibilidad de conservar la vivienda, ejes de la iniciativa popular

    • Ningún español podría ser desalojado de su vivienda habitual cuando el impago se debiera a causas ajenas a su voluntad.
    • Tendrían derecho a permanecer hasta cinco años más en su casa en régimen de arrendamiento y con una renta no superior al 30% de sus ingresos.

Cientos de personas celebran frente al Congreso que el PP votará a favor de tramitar la iniciativa contra los desahucios.
Cientos de personas celebran frente al Congreso que el PP votará a favor de tramitar la iniciativa contra los desahucios.
Bruno Pérez

El inesperado respaldo de última hora del Partido Popular permitirá finalmente la tramitación parlamentaria de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para la paralización de los desahucios y la aprobación de la dación en pago promovida por la Plataforma de Afectados por Hipotecas, sindicatos y otras entidades sociales, y que entró en el Congreso con el respaldo de millón y medio de firmas.

La iniciativa pretende poner de manifiesto el desequilibrio en favor de los derechos de las entidades financieras que existe en la normativa actual sobre los desahucios y plantea cuatro cambios legales esenciales para defender el derecho constitucional de los ciudadanos a una vivienda digna. Son éstos:

- Stop a los desahucios. La ILP plantea la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil para impedir el lanzamiento de inmuebles, en los casos de ejecución hipotecaria, cuando se trate de la vivienda habitual del deudor y el impago se deba a causas ajenas a su voluntad.

- Alquiler social. En estos casos, la iniciativa popular plantea un mecanismo de protección mutua para equilibrar los intereses de la entidad financiera que quiere ejecutar el bien y el deudor que no quiere quedarse sin su casa.

La ILP propone el reconocimiento del derecho del deudor ejecutado a continuar residiendo en su vivienda por un periodo de cinco años desde la fecha de la ejecución en régimen de arrendamiento y abonando una renta mensual a la entidad financiera, que, eso sí, no podrá superar el 30% de los ingresos mensuales de los arrendatarios.

- Instauración de la dación de pago como fórmula preferente para la resolución de los problemas de impago en materia hipotecaria. Según la redacción que propone la ILP, en el caso de la vivienda habitual, la entrega por parte del deudor del bien a la entidad financiera bastaría para considerar liquidado el pago de la deuda, extinguiéndose junto a la misma tanto los intereses asociados como las costas, así como cualquier fianza o aval que se hubiera percibido.

Según la regulación actual, la entidad bancaria puede adjudicarse la vivienda por sólo el 50% del valor de tasación, exigiéndose a la familia el monto restante, incluidos los intereses generados y los gastos asociados al procedimiento judicial.

- Aplicación retroactiva del nuevo régimen. Finalmente, los promotores de la ILP pretenden la aplicación con carácter retroactivo de la nueva normativa que se derivaría de las medidas presentadas.

En los casos en que ya se hubiera subastado el bien ejecutado, la nueva norma establecería la no procedencia de la ejecución dineraria y, si ésta se hubiera iniciado, las autoridades judiciales deberían darla automáticamente por finalizada.

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