Seis altos cargos de la Agencia Tributaria dieron luz verde al 'caso Ronaldo'

  • El expediente del jugador fue chequeado por al menos cuatro unidades de la Agencia Tributaria antes de ser remitido a la Fiscalía.

Al menos media docena de inspectores y responsables de área de diferentes órganos de la Agencia Tributaria revisaron el expediente instruido por la inspectora de la Unidad Central de Coordinación en Materia de Delitos contra la Hacienda Pública, Eva Ana García Muntaner, que apreciaba indicios de delito en la operativa fiscal del futbolista del Real Madrid, Cristiano Ronaldo, con un coste para las arcas públicas de 14,7 millones de euros, antes de remitirlo a la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid.

Lainformacion.com ha conseguido reconstruir, con la información recopilada de varias fuentes conocedoras del procedimiento interno de la Agencia Tributaria, el recorrido que siguió el expediente de Cristiano Ronaldo antes de ser remitido a la Fiscalía por la presencia de indicios consistentes, a juicio de la Agencia, de delito fiscal.

"En cualquier actuación de inspección tributaria cuando el actuario (la inspectora García Muntaner) da por finalizado el proceso de instrucción remite el expediente a su responsable directo (en este caso, la jefa de la Unidad, Caridad Gómez-Mourelo), que lo revisa y, por supuesto, tiene la oportunidad de cuestionar las conclusiones del informe e incluso de no dar trámite al mismo si se considera que presenta alguna inconsistencia", explica un inspector de Hacienda. Los nombres, entre paréntesis, no forman parte de la declaración.

Cuando la conclusión es que el contribuyente en cuestión ha podido incurrir en alguna de las situaciones tipificada como delito fiscal el siguiente paso es elevar el expediente a la delegación territorial de turno, en este caso la Delegación Especial de Madrid (cuya responsable es Raquel Catalá), que en última instancia es la encargada de tramitar administrativamente la presentación de la denuncia ante la Fiscalía.

Una vez allí el expediente vuelve a ser objeto de una nueva revisión, en el marco de un procedimiento interno que los profesionales de la Agencia Tributaria consideran suficientemente garantista como para evitar pasos en falso en la consideración de una actuación como delito fiscal.

De hecho, el trámite exige elevar de nuevo el expediente, una vez pasados todos los filtros anteriores, al equipo del abogado del Estado que dirige el Servicio Jurídico de la Agencia Tributaria, Diego Loma-Osorio Lerena, para realizar un postrero análisis jurídico de la propiedad o no de enviar la actuación irregular detectada por la vía del delito fiscal. 

En caso de estar de acuerdo con el criterio ya expresado por todos los órganos anteriores, el expediente puede bien remitirse de nuevo a la Delegación Especial de Madrid para enviarlo a la Fiscalía o bien elevarlo aún más al Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, cuyo responsables es Luis María Sánchez González.

Trascendencia singular

"En los casos en que el expediente tiene una trascendencia singular por su cuantía o por las circunstancias que lo rodean el trámite de elevarlo al Departamento de Inspección es lo normal", asegura otra de las fuentes de la Agencia Tributaria consultadas.

Pero hay más. "Los expedientes que se tramitan por la vía del delito fiscal no suelen ser sencillos, bien al contrario suelen ser muy complejos, por lo que es habitual que en alguna de estas fases se requiera la opinión cualificada de algún profesional especializado en el tipo de fraude que se investiga (en este caso, fiscalidad internacional y estructuras societarias) para recabar su opinión". 

Es relevante esto de "recabar su opinión". Las fuentes de la Agencia Tributaria consultadas descartan la posibilidad de un choque de criterios entre la Unidad de Delitos Económicos y la de Fiscalidad Internacional (ONFI) en la tramitación del expediente de Cristiano Ronaldo. "A la hora de sentar el criterio sobre si una actuación determinada constituye o no delito fiscal la unidad competente de la de Coordinación de Delitos contra la Hacienda Pública. Puede ocurrir que otra unidad no haya puesto de manifiesto ningún comportamiento irregular o no lo haya observado, pero la decisión sobre si es delito o no corresponde a quien corresponde".

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