Los bancos que avalaron a la promotora malagueña Aifos para que ésta desarrollase sus promociones han comenzado a responder por viviendas que nunca se entregaron y por las que sus propietarios desembolsaron diferentes cantidades de dinero.
Los juzgados están dictando sentencias favorables a los afectados, no solo en Málaga, y contrarias a las entidades bancarias avalistas.
El pasado mes de diciembre, la Sala Primera del Tribunal Supremo daba un duro varapalo a la banca española. En una sentencia, en la que sentaba jurisprudencia, instaba a los bancos devolver el dinero que sus clientes habían adelantado a sus promotores por viviendas que no se construyeron ni entregaron.
El Supremo fallaba: "En las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968 las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía responderán frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas por los compradores e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenga abiertas en dicha entidad".El 'caso Aifos'
En el caso de Aifos hay unas 3.000 familias afectadas, que entregaron unos 50.000 euros de media por sus viviendas. Sin embargo, nunca recibieron las llaves de sus pisos. La empresa entró en concurso de acreedores, reclamaron los afectados y cinco años más tarde Aifos está en liquidación.
Así, dos bancos han sido condenados recientemente a devolver lo ingresado en las cuentas de la promotora Aifos por su responsabilidad tras haber admitido ingresos de los compradores sin haber comprobado que existieran garantías.
El afectado, un británico, firmó con Aifos Arquitectura y Promociones Inmobiliaria SA un contrato de adquisición de vivienda en construcción el 12 de agosto de 2003.
Según informa el diario Sur, el comprador abonó anticipadamente 70.251,50 euros conforme a la forma de pago establecida en el contrato. Pero la vivienda no fue entregada en plazo, por lo que el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Málaga dio por resuelto el acuerdo obligándose al promotor a la devolución de las cantidades. Incluso esta resolución llegó a ser confirmada por los magistrados de la Sección 6 de la Audiencia Provincial de Málaga en 2013.
Ahora la titular del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Málaga estima parcialmente la demanda contra dos bancos, que tendrá que devolver en conjunto 49,675,75 euros.Desde el despacho de abogados Arriaga Asociados, especializado en este tipo de recursos, se apunta que los afectados pueden reclamar la cantidad de dinero entregada por la vivienda, el IVA y los intereses desde la fecha del pago.Te puede interesar: ¿Cómo puedo saber si la hipoteca que tengo contratada tiene cláusula suelo?Desde el despacho se señala que se puede demandar al promotor/cooperativa y la entidad bancaria avalista/compañía de seguros o a la entidad financiera/compañía de seguros únicamente. En este caso ya se podría interponer la demanda al día siguiente del incumplimiento).
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