El fallo contra la Iglesia que la izquierda llevaba esperando (y promoviendo) años

Las sentencia contra las exenciones fiscales que la izquierda ha esperado 30 años
Las sentencia contra las exenciones fiscales que la izquierda ha esperado 30 años

El Acuerdo de 1979 entre el Estado Español y la Santa Sede sobre asuntos económicos genera polémica y debate. El último frente abierto en torno a los beneficios fiscales de la Iglesia llega directamente desde Europa. El Tribunal Europeo de Justicia (TJUE) ha dado la razón al Ayuntamiento de Getafe, gobernado por el PSOE, en el litigio que mantenía con el colegio La Inmaculada-Padres Escolapios por el pago del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) tras una reforma de ampliación del salón de actos en el centro.

De la sentencia de TJUE se deduce que la Iglesia es un empresa. Y pese a que goza de exenciones fiscales, en aquellas actividades que no tienen una finalidad estrictamente religiosa, la UE lo tiene claro: debe pagar impuestos. 

La resolución da la razón a varios gobiernos de la izquierda española que durante años insistieron en que la Iglesia Católica tendría que pagar los mismos impuestos que cualquier ciudadano por las obras que realice en los inmuebles de su propiedad. En 2009, durante el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y ante la insistencia del exeurodiputado de IU Willy Meyer aprobaron una orden ministerial que obligaba a la Iglesia a tributar el ICIO. Entendía la misma que ese acuerdo se redactó al margen de los producidos entre el Vaticano y el Estado español. Sin embargo el Supremo dictaminó lo contrario, y ahora Europa en, cierto modo, ha determinado lo contrario.

El Tribunal entiende que conceder exenciones fiscales a las obras que realice la iglesia católica en inmuebles ajenos a la actividad religiosa constituye una “ayuda de Estado” prohibida por el artículo 107.1 de la Unión Europea, y serán los jueces del ámbito nacional quienes decidan si las actividades que se realizan son o no estrictamente religiosas. “La sentencia del tribunal defiende esa idea la de preservar la libre competencia del mercado”, explica Ramón Casero, coordinador del Área de Derecho Financiero y Tributario de Facultad de Derecho (ICADE), que subraya el hecho de que "el matiz es que existe una distorsión del mercado al dar esos beneficios fiscales."El polémico ICIO

Los Escolapios habían llevado a cabo una ampliación del edificio del salón de actos del colegio, destinado a reuniones, cursos y conferencias. Para ello, abonaron al Ayuntamiento 23.730,41 euros correspondientes al ICIO, introducido por ley en 1988.

Este era el dinero que reclamaban apelando, por una parte, a los Acuerdos sobre Asuntos Económicos suscritos entre el Estado Español y la Santa Sede el 3 de enero de 1979 que exime de forma total y permanente de los impuestos y por otra la Orden de 5 de junio de 2001, que incluía el ICIO en esas exenciones.

Sin embargo, El Tribunal de Luxemburgo cre que estamos ante una "ayuda de Estado" que da a la Iglesia "ventajas selectivas" frente a otros que realizan la misma actividad y "reduce los ingresos" públicos. Desde la Conferencia Episcopal subrayan "la complejidad de la temática" e indican que "como siempre, actuarán respetando el ordenamiento jurídico vigente". 

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