¿Qué es un CIE, cómo funciona y quiénes viven en él?

  • Los Centros de Internamiento de Extranjeros dependen del Ministerio del Interior y no son cárceles, aunque en ellos se retiene de forma preventiva a extranjeros. 

    El ingreso en ellos impide la libertad de movimientos y no se puede permanecer en ellos más de 60 días. 

¿Qué es un CIE, cómo funciona y quiénes viven en él?
¿Qué es un CIE, cómo funciona y quiénes viven en él?

El motín de 39 internos en el Centro de Internamiento de Extranjero (CIE) en el barrio de Aluche, en Madrid, ha reavivado el debate sobre la situación de los inmigrantes en estas instalaciones que se reparten en distintos puntos de España.

Los CIE son dependientes del Ministerio del Interior y no son cárceles, aunque en ellos se retiene de forma preventiva a los extranjeros que están sometidos a un expediente de expulsión del territorio nacional o a los que esperan que se ponga en marcha su orden de salida.

A pesar de que no tengan carácter penitenciario, el ingreso en ellos impide la libertad de movimientos. No se puede permanecer en ellos más de 60 días. Si pasado el plazo de estos dos meses establecido por Ley los inmigrantes siguen en el recinto, tendrán que ser puestos en libertad. De ahí que varias ONG hayan protestado -como ha sido el caso, entre otras, de la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía- y hayan solicitado que se declaren nulas las cláusulas que rigen los CIE, en los que solamente es posible el internamiento si un juez lo ordena.

Los trámites de expulsión pueden comenzar cuando la persona incurra en alguno de estos supuestos: no tener papeles para circular libremente por el territorio español; trabajar sin haber obtenido un permiso de trabajo; estar implicados en actividades contrarias al orden público o a la seguridad interior o exterior del Estado; ocultar al Ministerio de Interior las circunstancias relacionadas con su situación en el país; carecer de medios legales de vida -como ejercer la mendicidad o desarrollar actividades ilegales-; por último, haber sido condenados dentro o fuera de España por un delito sancionado con pena privativa de libertad que sea superior a un año.

¿Cuándo fueron creados? En el año 1985 la Ley de Extranjería posibilitó la detención y privación de libertad de ciudadanos extranjeros residentes en España. En la actualidad la detención administrativa de extranjeros está regulada por la Ley Orgánica 4/2000 sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. La normativa ha sido reformada en numerosas ocasiones, la última por la Ley Orgánica 2/2009.

Hace poco más de un año, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, por el que se aprobaba el Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interior de los Centros de Internamiento de Extranjeros.

España cuenta con un total de siete CIE. La media de estancia, según datos oficiales es de 24 días, siendo la mayor en Murcia, con 29 y la de menor duración la de Madrid, con 18. Durante el año 2015 pasaron, según datos del Ministerio del Interior, un total de 6.930 inmigrantes, de los cuales 6.475 fueron hombres y 455 mujeres. Del total de extranjeros que fueron internados en los CIE el 41,42% fueron expulsados de España y el resto quedó en libertad.¿En qué se diferencian los CIE de los CETI?

Los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes o CETI se sitúan en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y nada tienen que ver con los internamientos que se registran en el resto de centros de la península. Estos centros son establecimientos de la Administración Pública concebidos como dispositivos de primera acogida provisional y destinados a dar servicios y prestaciones sociales básicas al colectivo de inmigrantes y solicitantes de asilo que llegan tanto a Ceuta como a Melilla. Allí residen mientras se llevan a cabo los trámites de identificación y pruebas médicas previas a cualquier decisión sobre el recurso más adecuado que se tomará con ellos para residir o no en España, según Interior. En ocasiones, la estancia de inmigrantes en las ciudades autónomas se ha alargado hasta el máximo, dos años. 

La regulación de estos centros se encuentra en los artículos 264 a 266 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 aprobado por Real Decreto 557/2011 de 20 de abril.

El CETI de Ceuta tiene una capacidad de acogida de 512 plazas, mientras que el de Melilla cuenta con 480. Normalmente y tras el incremento de la llegada de inmigrantes económicos y de refugiados sirios -éstos últimos sobre todo a Melilla-, la capacidad de ambos se ha visto sobrepasada en los últimos meses. Los residentes de estos centros pueden entrar y salir libremente y desempeñar trabajos en la ciudad para poder conseguir subsistir.

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