Sindicatos y partidos han aplicado las reformas laborales que tanto criticaron

  • PSOE, IU, CCOO y UGT han reducido las indemnizaciones entregadas a sus trabajadores al mínimo que establecía la ley que tanto criticaron.

    La aprobación de las dos últimas reformas laborales fueron un motivo de crítica constante y movilización social en las calles.

CC.OO. y UGT conmemoran el Primero de Mayo con un llamamiento "al voto y a la movilización"
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EUROPA PRESS

Cuando los sindicatos y organizaciones políticas de izquierda despiden a algunos de sus trabajadores se ven en el ojo del huracán. Sobre todo, si aplican normativas que han criticado públicamente, como es el caso de la reforma laboral. En los últimos años eso no ha pasado una vez, sino varias.

El Partido Socialista de Madrid despidió de manera fulminante a seis altos cargos a los que echó mediante un burofax. Se trataba de personal de confianza del anterior secretario general de la federación madrileña del PSOE, Tomás Gómez.

Horas antes habían recibido dos misteriosos días de permiso, cuando ni siquiera pudieron entrar en su despachos, que tenían las cerraduras cambiadas. Entonces llegó el burofax con la carta de despido. Corría el 12 de febrero de 2015.

El Partido les ofreció 20 días por año trabajado. En principio, era una medida acorde con la ley. El problema es que se trataba de la reforma laboral que había aprobado el PP en 2012, a la que el PSOE se había opuesto férreamente. La había calificado de “barbaridad económica”, “regalo a los poderes económicos” o “demolición de los derechos de los trabajadores”.

Los afectados recurrieron a los tribunales y finalmente el PSOE, previendo una sentencia contraria, se avino a pactar con ellos. Reconoció que se trataba “de un despido improcedente” por lo que procedió a una indemnización de 33 ó 45 días, dependiendo de si el periodo de contrato iniciaba antes o después de la reforma laboral.Causas objetivas de despido

Otro tanto le sucedió a Izquierda Unida en 2014, cuando despidió a parte de sus empleados de Madrid aplicando la reforma laboral a la que tanto se habían opuesto en las calles. “Mediante la presente le comunicamos que desde la Comisión Ejecutiva de esta Organización, nos vemos en la dolorosa obligación de proceder a la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas de tipo económico y organizativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 52, apartado c) del Estatuto de los trabajadores”. Así iniciaba la carta que la federación madrileña de Izquierda Unida entregó a los trabajadores que iba a despedir el 6 de agosto de 2014.

También recibieron críticas los responsables de CCOO de Andalucía cuando despidieron a diez empleados de su asesoría jurídica con una indemnización muy parecida a la mínima establecida por la reforma laboral del Partido Popular.

La comunicación de los despidos se produjo en cuanto se cumplió el plazo de dos años durante el cual se comprometió el sindicato a no despedir a más trabajadores tras el ERE de 2013. Por aquel entonces, el sindicato justificó sus decisiones por la delicada situación económica de sus ingresos. Habían descendido por los impagos de las subvenciones de la Junta de Andalucía y la caída de las cuotas de los afiliados. Según declaró CCOO, si el sindicato fuera una sociedad mercantil, estarían en situación de concurso de acreedores.Hasta el Supremo

El sindicato UGT se vio envuelto en otra polémica por el despido de 160 trabajadores de su fundación en Canarias, Fudescan. Recurrió a la reforma laboral de 2010 para indemnizarlos con 20 días por año trabajado. Los trabajadores recurrieron a la Justicia para denunciar que UGT se había desentendido del caso. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias les dio la razón a los trabajadores y el Supremo, tras el recurso de casación interpuesto por el sindicato, confirmó esta sentencia.

Este martes se ha conocido que el ayuntamiento de Cádiz, hoy gobernado por Podemos, recurrió al Supremo una sentencia desfavorable del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por despido improcedente de una trabajadora de los Agentes Locales de Empleo. El Supremo no admitió a trámite el recurso, por lo que la sentencia pasó a ser firme.

Sin embargo, cuando la trabajadora acudió al juzgado para saber en qué día se tenía que reincorporar, se enteró de que el abogado del ayuntamiento apelaba a las "causas económicas" que prevé la reforma laboral del PP para no poder sostener el puesto de trabajo.

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