La UE ve ilegal la venta de reproductores para ver en 'streaming' contenidos piratas

  • El Tribunal de Justicia de la UE equipara la función de los aparatos con software preinstalado para visionar archivos 'pirateados' con las páginas web con enlaces que conducen "sin ninguna restricción" a obras protegidas.

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EUROPA PRESS

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este martes que la venta de reproductores multimedia equipados con el software necesario para ver en la pantalla de televisión contenidos 'pirateados' incumple la normativa comunitaria en materia de derechos de autor.

La reproducción temporal de obras protegidas con dispositivos que permiten reproducir "gratuita y fácilmente" estos contenidos disponibles ilegalmente en Internet mediante 'streaming' (en flujo continuo) "no está exenta del derecho", según ha avisado en su sentencia la justicia europea.

La corte con sede en Luxemburgo ha concluido que la venta de un reproductor que cumple esta función constituye una "comunicación al público", tal y como recoge la directiva que exige un "nivel elevado de protección" a favor de los autores.

El TUE equipara la función de los aparatos con software preinstalado para visionar archivos 'pirateados' con las páginas web con enlaces que conducen "sin ninguna restricción" a obras protegidas, lo que supone ofrecer un "acceso directo" a estos contenidos.

Además, la sentencia rechaza que la venta del dispositivo sea una "mera puesta a disposición de instalaciones materiales" y apunta que quien las comercializa lo hace "con pleno conocimiento de las consecuencias" de su comportamiento.

El caso enfrenta a la marca Filmspeler, que comercializa este tipo de dispositivos, con la plataforma holandesa Stichting Brein, que defiende los intereses de los titulares de derechos de autor.

La publicidad de Filmspeler, según recoge la sentencia europea, afirma que el reproductor multimedia que vende permite ver "gratuita y fácilmente, en una pantalla de televisión", material audiovisual disponible en Internet "sin la autorización de los titulares" de los derechos de autor.

El fallo del TUE subraya, además, que el artículo ha sido adquirido por un gran número de consumidores y que su uso para visionar contenidos ilegales tiene como destinatarios a "todos los compradores potenciales" que disponen de una conexión en Internet.

La venta de dicho reproductor multimedia, añade, se realiza con "la finalidad de obtener un beneficio", ya que el precio pagado por el reproductor se abona principalmente para poder acceder directamente a las obras protegidas disponibles en 'streaming' sin la autorización de los titulares de los derechos de autor.

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