El cambio del nombre de las calles costará a cada vecino, al menos, 40 euros

  • Los dueños de las viviendas o locales deberán rellenar una instancia en el Registro de la Propiedad y pagar su correspondiente tasa que es de unos 40 euros.

    En cambio del nombre en el DNI en el carnet de conducir, en la Seguridad Social o en la Agencia Tributaria no supondrán ningún coste. 

Cambiar la dirección en el DNI, en el carnet de conducir, en la Agencia Tributaria... Estos son solo algunos de los documentos en los que los vecinos afectados por el cambio del nombre de su calle con motivo de la Ley de Memoria Histórica, tendrán que hacer la modificación correspondiente. Y pagar, como mínimo 40 euros, porque no se van a librar de tener que hacer gestiones en el Registro de la Propiedad. Sólo en Madrid, 50.000 vecinos y 2.000 comercios se verán afectados por el cambio del nombre en 52 calles.  Otro ejemplo es Valencia, donde el ayuntamiento planea cambiar el nombre a 51 calles. 

Así que lo que a primera vista, el cambio del nombre de una calle, no debería suponer un trastorno mayor para sus vecinos, acaba en una tasa que pocos conocen y que solo en Madrid podría afectar a 500.000 vecinos que a 40 euros supondría un pago total de 2 millones de euros.  Además, poner al día todos los documentos personales de la vivienda o del local puede convertirse en una pesadilla burocrática.

Mar Fernández, abogada de Legálitas, señala que los ayuntamientos deberán informar a los vecinos a qué sitios van informar del cambio del nombre de las calles. “Lo más normal es que los ayuntamientos avisen a Correos y a otros organismos. A pesar de esto, los vecinos de estas calles son los que tienen que asegurarse de que, por ejemplo, el departamento de tributos municipales está al tanto de este cambio para que impuestos como el IBI o la tasa de basuras lleguen sin problemas”, apunta esta abogada.

Lo primero que tendrán que hacer los ciudadanos, tras haberse hecho efectivo el cambio en el nombre de la calle, es ir a su ayuntamiento y solicitar un certificado en el que se especifique el cambio. “Este certificado y el DNI del vecino serán claves para ir realizando los cambios del nombre de la calle en sitios como la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, en las empresas de agua, luz y gas e incluso en las entidades bancarias”, destaca Mar Fernández.Cuidado con los descuidos 

Cambiar la dirección en el DNI o en el carnet de conducir no tendrá ningún coste, pero el cambio en el Registro de la Propiedad supondrá pagar una tasa nacional que asciende a 40 euros. Habrá que tener cuidado también con los descuidos. “Por ejemplo, si te ponen una multa y en tu dirección del carnet de conducir no pone el nuevo nombre de la calle, esto no te exime de pagar una multa por haber un 'error en el nombre de la calle”, afirma la abogada de Legálitas.

Los ayuntamientos serán los encargados de informar a los ciudadanos de los pasos que tendrán que seguir. Desde el Ayuntamiento de Madrid han señalado a Lainformacion.com que ya están preparando un protocolo para informar a los vecinos a través de cartas, del 010 y de la propia página web del ayuntamiento de los pasos que deberán seguir para poner al día sus documentos. Además, no descartan información complementaria en las líneas de la EMT y algún paquete de ayudas para los más afectados como pueden ser los comerciantes que tengan que cambiar sus letreros o su merchandising para adaptarlo al nuevo nombre de la calle.

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