El fallo de Estrasburgo sobre Parot es vinculante, no se puede recurrir y será aplicado rápidamente

    • Víctor Moreno, presidente de la Unión Española de Penalistas, recuerda que España reconoció la jurisdicción del Tribunal y por eso, sus decisiones son obligatorias, mientras un portavoz del Tribunal europeo señala que se ha comprometido a aplicarla.
    • "Lo correcto es que se extiendan los efectos de la resolución al resto de casos. La Audiencia Nacional lo aplicará de forma progresiva", sostiene Eduardo Ruiz de Erenchun, profesor de Derecho Penal de la Universidad de Navarra.
El Gobierno dice que las posibles excarcelaciones de terroristas no supondrán "impunidad"
El Gobierno dice que las posibles excarcelaciones de terroristas no supondrán "impunidad"
R. Rivera | A. Pérez

El fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo que anula la doctrina Parot en el caso de la etarraInés del Río es vinculante y sienta jurisprudencia. Así lo ha indicado un portavoz de la sala, que ha recordado que España se comprometió a acatar y aplicar la resolución.

Según la resolución europea, el artículo 46 establece que los estados se comprometen a acatar las sentencias definitivas del Tribunal en los litigios en que sean partes. Añade que corresponde que al Comité de Ministros del Consejo de Europa la supervisión de la ejecución de la resolución.

"Lo correcto es que se extiendan los efectos de la resolución al resto de casos. La Audiencia Nacional lo aplicará de forma progresiva", sostiene Eduardo Ruiz de Erenchun, profesor de Derecho Penal de la Universidad de Navarra.

La decisión que ha adoptado Estrasburgo referente a la etarra deroga esta doctrina, introducida en 2006 por el Tribunal Supremo, y que establecía que las redenciones de pena deben aplicarse sobre el total de las condenas impuestas y no sobre el límite máximo de cumplimiento, antes de 30 años y ahora de 40 años.

Según explica Ruiz de Erenchun, el Tribunal ha tumbado la doctrina Parot porque "vulnera el principio de irretroactividad de derecho penal". El Supremo aplicó con carácter retroactivo una interpretación diferente sobre el cálculo del tiempo de estancia en prisión para condenados con el antiguo Código Penal de 1973.

Estrasburgo sostiene que la aplicación de Parot viola dos artículos del Convenio Europeo de derechos Humanos, el artículo 5 (derecho a la libertad y la seguridad) y el artículo 7 (no hay castigo sin ley).

El jurista sostiene que el fallo es vinculante, aunque no ordene de forma expresa su ejecución.Es irrecurrible

Pero entonces, ¿por qué el Gobierno va a acatar la sentencia de Estrasburgo sin más? ¿Qué sucedería si no lo hiciera? ¿Qué plazos de tiempo están sobre la mesa? Los expertos responden a las dudas.

"Estamos obligados a cumplir la sentencia porque España firmó el convenio de Derechos Humanos, lo que significa que aceptó que el órgano de última instancia fuera el Tribunal Europeo de Estrasburgo. Cuando un estado firma un convenio internacional lo hace con todas las consecuencias y esta sentencia es irrecurrible", explica Ruiz de Erenchun.

Su opinión la comparte Víctor Moreno, presidente de la Unión Española de Abogados Penalistas, quien asegura que "si España reconoció su jurisdicción y aceptó que fuera la máxima autoridad de Derechos Humanos, ahora no puede incumplir sus sentencias porque, según el propio convenio, son obligatorias".

¿Y cómo lo aplicará España? El profesor de Derecho Penal sostiene que el Ministerio del Interior lo aplicará de forma progresiva, y será la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la que vaya poniendo en práctica el fallo, caso por caso, para los etarras y condenados peligrosos que estén en una situación similar a la de Inés del Río.

Todo apunta a que no hay otro camino: si las autoridades españolas no aplicaran, España se enfrentaría a consecuencias legales. "No sé cuáles serían las consecuencias, si la expulsión del convenio de Derechos Humanos o una sanción económica, pero estoy convencido de que habría una respuesta", añade.

"España quebraría la confianza depositada por los demás Estados firmantes del Convenio Europeo de Derechos Humanos si lo incumple y esto nos perjudicaría en el futuro en la tramitación de acuerdos europeos o en el cumplimiento de Sentencias que sí nos beneficiasen", añade Carlos Bardavío, del Bufete Luis Romero y Asociados.Su aplicación será rápida

Por otro lado, y aunque no se puede hablar de la fecha exacta en la que Inés del Río debe quedar en libertad, los expertos dan por hecho de que será, como mucho, en un mes.

"El Tribunal de Estrasburgo dice que la presa debe ser excarcelada en el plazo más breve posible, por lo que es razonable pensar en que no será más allá de un mes, aunque el modo y el tiempo de ejecutar la sentencia lo ha dejado en manos del Gobierno", alerta el presidente de la Unión Española de Penalistas.

"En mi opinión, la excarcelación podría realizarse en cuestión de días. El organismo ha dejado muy claro que la etarra debe salir de prisión y, o está muy justificado que la retengan en la cárcel o deben dejarla libre cuanto antes. Lo contrario, sería ilegal. Los presos afectados podrían acusar de detención ilegal. Esto es serio y por mucho reproche moral que tengan estos reos, hay que respetar lo que dice Estrasburgo", concluye el profesor de la Universidad de Navarra.

La Audiencia Nacional ha convocado para mañana a las 9.15 horas un Pleno extraordinario para analizar, concretamente, la situación procesal de la etarra Inés del Río.

Mostrar comentarios