La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Dolors Montserrat, ha anunciado hoy en el Senado que se modificará la Ley de protección a las familias numerosas para extender la categoría especial a partir del cuarto hijo y no desde el quinto, como sucede hasta ahora.
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Lo ha destacado al ser preguntada por la senadora popular Teresa Tortonda sobre la manera en que el Gobierno piensa mejorar la protección a las familias.
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Montserrat ha recordado que el Ministerio va impulsar una Ley Integral de la Familia que mejore las prestaciones que ofrece el Gobierno y que trabajará con las comunidades autónomas para el desarrollo de programas sociales de apoyo a la infancia, vinculados a la lucha contra la pobreza infantil.
La ministra ha manifestado que "familias hay muchos tipos, no existe un único modelo. Y las políticas que vamos a realizar en esta legislatura no van a ir encaminadas a definir un tipo de familia. Esa no es la responsabilidad del Gobierno, nuestra responsabilidad es proteger a las familias a través de nuestras políticas".
La Ley Integral de Familia tiene que mejorar las prestaciones y beneficios que se ofrecen desde la Administración a todas las familias, especialmente a las numerosas, las monoparentales, las que cuentan con personas con discapacidad y las que presenten situaciones de vulnerabilidad.
Esta reforma legislativa implica que más familias españolas podrán beneficiarse de los descuentos adicionales que implica acogerse a esta normativa legal.
Entre estos descuentos hay que destacar en el ámbito de la educación la excepción del pago de tasas y matrículas, así como el cien por cien en todos los regímenes, niveles y ciclos de las tasas o precios públicos en derechos de matriculación y examen, expedición de títulos y diplomas para las familias numerosas de categoría especial.
En el sector del transporte pueden disfrutar de un descuento en el abono transportes (del 20% en categoría general o del 50% en categoría especial)., así como en la utilización de los servicios regulares de transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, transporte marítimo y aéreo nacional.
En cuanto a la asistencia jurídica gratuita, cuando el solicitante pertenezca a una familia numerosa de categoría especial, aunque supere el límite de ingresos fijado para beneficiarse de este derecho (siempre que no sobrepase el cuádruple del salario mínimo interprofesional), se le podrá conceder excepcionalmente la asistencia jurídica gratuita.
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