La Constitución española, la más virgen de Europa: ni se mira ni se toca

    • Alemania (60), Irlanda (27), Francia (24), Bélgica (13) o Portugal (12) han modificado sus constituciones en diversas ocasiones a lo largo de las últimas décadas.
    • En España, los cambios han sido solo dos, los producidos en 1992 y en 2011.
El Congreso acoge mañana la celebración del 35 cumpleaños de la Constitución, de nuevo con ausencia de nacionalistas
El Congreso acoge mañana la celebración del 35 cumpleaños de la Constitución, de nuevo con ausencia de nacionalistas

La Constitución española cumple 35 años este viernes como una de las cartas magnas más 'vírgenes' de Europa. Desde supublicación el 29 de diciembre de 1978, nuestra Constitución solo ha sido reformada en dos ocasiones, y más por las exigencias de Europa que por las necesidades españolas.

La primera reforma constitucional se produjo en 1992 y consistió en añadir, en el artículo 13.2, la expresión "y pasivo" referida al ejercicio del derecho de sufragio de los extranjeros en elecciones municipales. La segunda, en 2011, sustituyó íntegramente el artículo 135 para "garantizar el principio de estabilidad presupuestaria vinculando a todas las Administraciones Publicas, reforzar el compromiso de España con la Unión Europea y garantizar la sostenibilidad económica y social".

Sobre el grado de conocimiento de la Carta Magna, sólo un 15,8% de los ciudadanos reconocen haberla leído entera, un 35,1% dice haber leído algún artículo suelto, y casi la mitad, el 48,9%, admite que no la ha ojeado nunca, según datos del CIS. Reflejo de esta falta de conocimiento es que sólo un 36,4% acierta si se les pregunta el año en que se aprobó la Carta Magna, el 1978. Un 46,5% desconoce el año de su promulgación y un 9,7% cree que se aprobó entre 1975 y 1977.

La falta de renovación de nuestra Carta Magna contrasta con los cambios que sí han sufrido el resto de constituciones de los grandes países de Europa y América. El texto constitucional más antiguo lo encontramos en Estados Unidos, que fue adoptado en su forma original el 17 de septiembre de 1787 por la Convención Constitucional de Filadelfia, en Pensilvania, y que ha sido reformado, a través de enmiendas, en 27 ocasiones. Por su parte, la Constitución mexicana, de 1917, ha sufrido más de 400 cambios a lo largo de su historia y la de Austria (1929), 80.

El resto de constituciones europeas también han variado su texto en diferentes ocasiones, siendo la española una de las que menos ha cambiado. Alemania (60), Irlanda (27), Francia (24), Bélgica (13) o Portugal (12), por poner algunos ejemplos, han impregnado bocanadas de oxígeno a sus cartas magnas vigentes a lo largo de las últimas décadas.Alemania

A la cabeza de Europa, junto a Austria, aparece la Constitución alemana. En Alemania se concoce a su carta magna como Grundgesetz (Ley Fundamental) y no como Verfassung (Constitución), ya que en el momento de su promulgación Alemania era un país ocupado y no tenía derecho a definir un cuerpo constitucional de manera autónoma.

Su elaboración fue fruto del Consejo Parlamentario (Parlamentarische Rat), que inició su trabajo en Bonn el 1 de septiembre de 1948, recibiendo como base de su trabajo el 'Documento de Frankfurt' preparado por los aliados occidentales. El texto definitivo lleva la firma del presidente y vicepresidentes del Consejo Parlamentario: Konrad Adenauer, Adolf Schönfelder y Hermann Schäfer, respectivamente. La Ley Fundamental fue presentada como una 'Ley Fundamental Provisoria', que además de establecer las bases constitucionales de la nueva República, apelaba decididamente por la reunificación alemana. Entró en vigencia el 23 de mayo de 1949 y junto con ella nació la República Federal de Alemania.

Las 60 modificaciones que ha tenido en sus 64 años de vigencia no han respondido a ninguna crisis constitucional sino a otra serie de problemas como las migraciones internas de la postguerra, los duros golpes que el terrorismo de la RAF (Fracción Ejército Rojo) o la formación de la Unión Europea. Pero, su mayor éxito fue la modificación tras la reunificación alemana en 1990. Existen muy pocas constituciones en el mundo que tengan una vigencia tan amplia como esta. Los alemanes se sienten tan orgullosos de su constitución que la definen como "la mejor del mundo".Italia

La Constitución italiana vio la luz el 27 de diciembre de 1947, y a lo largo de su historia ha sido modificada en 12 ocasiones, la última en 2007. Ahora, el gobierno italiano tiene intención de volver a 'tocarla' para evitar un nuevo caos institucional.

El primer ministro italiano, Enrico Letta, nombró el pasado mes de junio un comité de 35 académicos para que proponga cambios a la Constitución italiana dirigidos a enmendar un aparato institucional al que se acusa de años de un Gobierno improductivo e inestable.

Letta espera que el comité proponga medidas para reducir el número de legisladores, hacer más pequeño el hinchado aparato político del país y cambiar las normas electorales. En teoría estos cambios tienen el apoyo de todos los partidos en el Parlamento, pero durante años ha sido imposible llegar a un acuerdo sobre los detalles, algo parecido a lo ocurrido en España. Entre otras, las reformas más polémicas propuestas son aumentar el poder del primer ministro y elegir directamente al jefe del Estado, que actualmente lo elige el Parlamento.

Los miembros del comité son en su mayoría académicos desconocidos para el gran público de Italia con algunas excepciones como el anterior ministro de Exteriores Franco Frattini y el portavoz de la Cámara de Diputados, Luciano Violante.Portugal

Portugal tiene una Constitución joven, que nació tras la 'Revolución de los Claveles' que acabó con la dictadura deSalazar. Promulgada el 2 de abril de 1976, la Carta Magna portuguesa ha sido modificada en siete ocasiones, la última en 2005.

El sistema portugués es, en comparación con otros sistemas europeos, bastante sencillo. Aunque la Constitución prevea, como es natural, requisitos específicos para la reforma, estos no se han revelado, hasta el momento, impeditivos de cualquier cambio o desarrollo constitucional. Sin embargo, una idea fundamental preside a la normativa en esta materia: la Constitución puede ser reformada, pero no revocada o íntegralmente sustituida por otra. Con otras palabras, los cambios son posibles "dentro del mismo orden constitucional", por lo que tienen siempre que ser parciales.

Las reformas portuguesas (1982, 1989, 1992, 2001 y 2005) pueden dividirse en dos bloques. Las dos primeras (82 y 89) tenían como objeto la 'rectificación' de la obra constituyente de 1976 surgida tra las Revolución. La dos reformas fueron muy amplias, afectando a casi la totalidad del texto constituyente. Los cambios hacían referencia a aspectos ideológicos, de organización institucional y a regulación en materia económica y social.

Las tres reformas restantes (1992, 2001 y 2005) tuvieron como objeto la inserción de Portugal en el marco internacional y en el proceso de integración europea. Los cambios se notaron, más que nada, en el plano constitucional. Respecto al último cambio en su Carta Magna, el de 2005, puede decirse que fue el cambio más breve de todas las revisiones hasta la fecha y que tuvo su origen en un tratado internacional, el Proyecto de Tratado por el que se instaura la Constitución Europea.Francia

La Constitución francesa, que estableció la V República, se ha reformado en 24 ocasiones desde 1958, tanto en materias relativas al proceso de descolonización, al proceso de unidad europea, a la creación del Tribunal Penal Internacional o a la igualdad de hombres y mujeres, como en diversas cuestiones institucionales, incluyendo la que sustituyó por un mandato presidencial de cinco años el de siete anterior.

La última reforma de la Constitución francesa tuvo lugar en 2008. El ex presidente francés, Nicolas Sarkozy, propuso un proyecto de reforma constitucional ideado para impulsar la "democracia ejemplar" que prometió en su campaña. El proyecto, calificado por el entonces portavoz del Gobierno, Luc Chatel, de "la mayor reforma de la V República" (fundada por Charles de Gaulle en 1958).

El texto amplió los poderes del Parlamento, delimitó los del presidente de la República, que, a cambio, puede expresarse en persona ante los legisladores y dio más derechos a los ciudadanos.

El proyecto también eliminó la obligación de someter a referéndum las futuras ampliaciones de las Unión Europea.

La revisión limitó a dos los mandatos consecutivos del jefe de Estado y fijó un número máximo de ministros, dos puntos que deseaba Sarkozy y que no figuraban en las propuestas del comité encabezado por el exprimer ministro Edouard Balladur para los cambios constitucionales.

En la reforma aprobada por el Consejo de Ministros, se limitaban los poderes del jefe del Estado, que dejaba de presidir el Consejo Superior de Magistratura, y quedaba limitado el ejercicio por él de plenos poderes (previsto por la Constitución para casos excepcionales).

Por otra parte, se creó la figura del defensor de los derechos de los ciudadanos, que puede contestar la conformidad de una disposición legislativa con los derechos y libertades reconocidos por la Carta Magna.Reino Unido

La Constitución del Reino Unido es totalmente diferente a la mayoría de las constituciones de Europa. Reino Unido tiene una serie de leyes y principios que rigen la forma en que el Reino Unido debe ser gobernado y no una 'constitución al uso'. Eso le diferencia de la mayoría de las constituciones en el sentido de que no existe un único documento constitucional que contenga las normas fundamentales que regirán al Estado. Podemos hablar de constitución no escrita pero sí de facto.

Lo que hace diferente a la Constitución del Reino Unido es que existe de manera escrita, pero en forma de actos del Parlamento (leyes), jurisprudencia y tratados. No obstante, hay otra serie de fuentes que no tienen carácter escrito, como las convenciones constitucionales del Parlamento y las prerrogativas reales.

El Acto de Reforma Constitucional de 2005, el último en vigor, fue introducido en la Cámara de los Lores el 24 de Febrero de 2004. Dicho proyecto recibió el visto bueno de la Reina Isabel II el 24 de marzo de 2005. Los cambios comenzaron a operarse en abril del 2006.

Los tres cambios básicos fueron: la separación de la función judicial del manejo político del país; la reforma de las funciones del Lord Chancelor; el establecimiento de una Corte Suprema como órgano separado e independiente; y la creación de una Comisión de Nombramientos Judiciales (Judicial Appointments Commission).

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