La imputación de la infanta Cristina por el 'Caso Nóos' siembra de nuevas dudas todo el proceso sobre la supuesta desviación de fondos realizada por parte de Iñaki Urdangarin y su socio Diego Torres.
Revisa el auto del juez Castro sobre la imputación a la infanta (pdf)
Según explica el abogado Juan Arias, del bufete JSJ abogados, la imputación supone "que el juez ha observado indicios de delito". Sin embargo, esta condición de imputado no quiere decir que sea acusada o culpable, pues eso se determina en una fase posterior. "Ni siquiera implica que vaya a ser juzgada, ya que se podría desestimar su acusación antes del juicio", aclara Arias.
Lo que sí supone la imputación es que la infanta podría ser llamada a declarar, como así ha sucedido. El juez Castro la ha citado el próximo 27 de abril. En este caso, como ya sucedió con su marido, Iñaki Urdangarin, se puede negar a declarar, derecho al que no podría haberse acogido en el caso de haber sido convocada como testigo.
Los correos que provocaron la imputación de la Infanta Cristina
Si la sospecha que ha llevado a su imputación se confirma y se deduce que existen indicios racionales de criminalidad contra ella, pasará a ser procesada y, cuando se inicie el juicio oral, se formulará acusación contra ella.
Judicialmente, la imputación supone que la infanta se pueda personar en el procedimiento –con abogado y procurador– como parte, en este caso la defensa y recurrir las resoluciones judiciales que considere, entre ellas el propio Auto de imputación. Es decir, que "deberá defenderse como cualquier ciudadano de a pie", apunta el letrado consultado por Lainformación.com.
La condición de integrante de la Casa Real no le asegura ningún tipo de favoritismo o trato especial. De hecho, el artículo 56.3 de la Constitución, relativo a la corona, hace únicamente referencia al Rey y dice que su persona es "inamovible y no está sujeta a responsabilidad".
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