Por qué a Bretón lo juzga el pueblo pero a Carcaño no: siete claves del jurado en España

    • ¿Es el jurado el método más adecuado para resolver un caso de tanta repercusión mediática, como el de Ruth y José? ¿Qué ventajas e inconvenientes tiene?
    • ¿Por qué unos casos sí y otros no? ¿Quién lo decide? Consultamos con expertos en Derecho Procesal para aclarar siete dudas básicas sobre el jurado
El abogado de José Bretón, José María Sánchez Puerta, atiende a la prensa a la salida de los juzgados
El abogado de José Bretón, José María Sánchez Puerta, atiende a la prensa a la salida de los juzgados

En España conocemos el funcionamiento del jurado más por las películas americanas que por la práctica popular. Salvo contadas excepciones, no existe apenas tradición ciudadana de participar en la administración de la Justicia. De hecho, la democracia tardó más de 16 años en desarrollar una Ley de Jurado anunciada en la Constitución de 1978.

Ahora el jurado vuelve a estar de moda por su intervención en juicios de enorme expectación mediática, como el de José Bretón, acusado de asesinar a sus hijos pequeños Ruth y José. ¿Por qué este caso va a ser resuelto por un jurado, al contrario de otro caso de similar impacto ciudadano, el de Marta del Castillo?

Consultamos con dos profesores expertos en Derecho Procesal para responder a siete cuestiones básicas.1. ¿Por qué existe jurado en España?

Porque así lo establece la Constitución. En su artículo 125 dice "Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine". La Ley del Jurado se aprobó 16 años después de promulgarse la Constitución, en 1995.2. ¿Por qué algunos delitos se juzgan con jurado y otros no?

Se juzgan con jurado los delitos que establece la ley en su artículo 1: contra las personas, los cometidos por funcionarios públicos en ejericio de sus cargos, contra el honor, contra la libertad y la seguridad y delitos de incendios. La reforma del código procesal penal, cuya propuesta ya se está tramitando, prevé reservar el jurado popular sólo para casos de asesinato(ver artículo completo aquí)3. ¿Y por qué en algunos asesinatos sonados, como el de Marta del Castillo, no hubo jurado?

La ley del jurado establece ciertas excepciones para los casos que concentran varios delitos, además del asesinato. En el el caso de Marta del Castillo hubo violación, ocultación de cadáver, etc. Hay que ver cada caso concreto y determinar si el objetivo principal del autor es o no la comisión de un delito competencia del del Jurado. Si se produce un desacuerdo entre las partes respecto al sistema del juicio, puede haber recursos y que sea la Audiencia Provincial la que termine decidiendo si interviene el jurado o no.4. ¿Por qué la ley española permite a un jurado juzgar delitos tan graves como el asesinato y no otros como la evasión fiscal?

Por la complejidad técnica que suelen llevar aparejada los delitos económicos, así como otros parecidos que requieran de una formación específica para emitir un juicio apropiado sobre ellos. En la Exposición de Motivos de la Ley del Jurado, aclara que se han elegido determinados delitos para ser juzgados por un jurado porque son más sencillos que otros.5. ¿Qué ventajas tiene el jurado?

Hace efectivo un principio democrático básico: que la Justicia emana del Pueblo. Al igual que los ciudadanos participan en los poderes Legislativo y Ejecutivo a través de las elecciones, pueden participar en el poder Judicial a través del jurado.6. ¿Qué inconvenientes?

En España no existe tradición histórica, como el caso de los países anglosajones, sobre todo EEUU y Gran Bretaña. Los ciudadanos suelen preferir evitar su participación en un jurado, por la dedicación exclusiva que implica. Además, resultan caros para el Estado: sus miembros deben recibir una indemnización por tener que ausentarse del trabajo, así como la manutención mientras dure el juicio (y medidas de protección, si es el caso). Finalmente, se critica la influencia que pueden ejercer en el jurado los medios de comunicación en casos muy sonados, como ocurrió en los de Rocío Wanninkhof o Mikel Otegi.7. ¿Existen los jurados mixtos, formados por ciudadanos y jueces?

Sí, son frecuentes en países de nuestro entorno, como Francia, Italia, Alemania, Suiza o Portugal. Reciben el nombre de "jurados escabinados". El magistrado actúa como un miembro del jurado más, y ayuda al resto a aclarar dudas de carácter técnico. En España se descartó esa posibilidad porque se temía que el criterio del juez pudiera imponerse demasiado sobre el resto, y terminase afectando a su independencia.

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Fuentes:Sara Díez Riaza, profesora Agregada de Derecho Procesal de la Universidad Pontificia de Comillas.Julio Muerza, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Navarra.

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