HACIENDA FIJA EL MÉTODO DE ESTIMACIÓN OBJETIVA DEL IRPF Y EL RÉGIMEN ESPECIAL SIMPLIFICADO DEL IVA PARA 2017

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este martes una orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública que desarrolla para el año 2017 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
Fuentes ministeriales indicaron que esta orden no contiene modificaciones importantes en relación con la vigente en 2016, manteniéndose para el ejercicio 2017 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación.
Asimismo, en el IRPF se mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo.
La única novedad de esta orden se produce en el método de estimación objetiva del IRPF, al reducirse los índices de rendimiento neto aplicables a la actividad de servicio de cría, guarda y engorde de ganado, con el fin de adaptarlos a la realidad actual de este sector.
El nuevo índice de rendimiento neto aplicable será, en todo caso, del 0,37, mientras que anteriormente era del 0,42 para los servicios de cría, guarda y engorde de aves y del 0,56 para el resto de estos servicios.
Este nuevo índice se aplicará igualmente, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional quinta, al período impositivo 2016.

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