Tus años de becario servirán para acceder a la jubilación, pero no para cobrar el paro

  • Un nuevo avance en la situación laboral de los becarios con la nueva normativa aprobada hoy por el Consejo de Ministros. Por fin, todo el tiempo que estés haciendo prácticas en una empresa contará en la Seguridad Social para acceder a tu jubilación, pero no para cobrar el paro.  
Carmen Canfrán

Después de años de lucha, los becarios mejorarán un poco más su situación laboral con la nueva normativa que ha aprobado hoy el Consejo de Ministros. A partir de ahora el periodo de prácticas en una empresa pasará a contabilizarse en el Régimen General de la Seguridad Social, por lo que se tendrá en cuenta la duración del contrato a la hora de la jubilación, pero no para cobrar el paro.

Con la aprobación de este real decreto, "los becarios dejarán de ser precarios", ha señalado el portavoz del Gobierno, José Blanco, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros.

El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha señalado que el origen de esta medida se halla en el acuerdo de febrero 2011 por la reforma de las pensiones. Según sus cálculos, cerca de 30.000 jóvenes podrán acogerse a esta nueva medida, aunque cerca de 200.000 personas se han beneficiado de este tipo de contrato de prácticas.

Hasta ahora, el periodo que hayas trabajado en concepto de becario, es decir, el inicio de la carrera laboral no se tenía en cuenta para el cómputo de la jubilación. Con la nueva normativa, los periodos de formación se sumarán a las carreras de cotización de los participantes.

Las empresas deberán pagar esas cotizaciones, que será de 42 euros mensuales, a partir del 1 de noviembre cuando entra en vigor esta ley. Así que con esta regulación, las arcas públicas de la Seguridad Social engordarán cerca de 18 millones de euros cada año, si se hace el cálculo con los becarios que hay actualmente.

Además, esta medida tendrá carácter retroactivo, es decir, que los contratos de prácticas anteriores a esta normativa se tendrán en cuenta en la cotización, pero con unas condiciones.

"Se necesita acreditar un contrato en prácticas y se contabilizará un periodo máximo por dos años", ha explicado Gómez, quien señaló que muchos investigadores que desarrollaron este tipo de programas pueden beneficiarse.

Esta no será la única ventaja que tendrá este colectivo por cotizar en Régimen General sino que también estarán protegidas en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional y tendrán derecho a la incapacidad temporal o permanente de la que gozan los trabajadores de ese régimen.

No obstante, para beneficiarse de ese avance laboral, el contrato del becario deberá cumplir con determinadas condiciones. Por ejemplo, que su programa de prácticas esté vinculado a estudios universitarios o de formación profesional. Es decir, que el centro tenga un acuerdo de colaboración con determinadas compañías para esas becas.

Otro requisito es que las prácticas supongan el desarrollo de una actividad laboral formativa y no lectiva, exclusivamente. También los becarios deberán recibir un salario por el desempeño de sus funciones. 

Estos programas deben contar con una financiación por parte de organismos privados o públicos y que la realización de estas prácticas no de lugar a una relación laboral.

En este último caso lo que se quiere evitar es que una empresa contrate a un becario para sustituir el puesto que desempeñaba una persona y requiere una mayor formación. Es decir, que un empleado junior no ocupe el cargo de un empleado senior. 

     

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