El alcornoque de la dehesa boyal de Mirabel (Cáceres), declarado Árbol Singular de Extremadura

EUROPA PRESS

El alcornoque de la dehesa boyal de Mirabel recibe esta declaración en atención a sus "valores biológicos especialmente representativos", según ha explicado la Junta tras la reunión del Consejo de Gobierno.

Este ejemplar destaca por sus "espectaculares dimensiones", ya que posee una altura total de 16,5 metros y un diámetro medio de copa de 22,50 metros.

Asimismo, el perímetro del tronco alcanza los 6,48 metros, con varios contrafuertes que se insertan en la tierra y se le estima una edad en torno a los 350 años.

Además, el Consejo de Gobierno ha descalificado como Árbol Singular el carballo grande de La Garganta, localizado en Garganta la Olla, una decisión que se justifica en el hecho de que el árbol ha muerto al desprenderse sus raíces de la "inestable ladera" donde se encontraba, cayendo a la Garganta Mayor.

En estas circunstancias se considera necesaria su descalificación dado que han desaparecido las causas que motivaron su declaración, ha apuntado el Ejecutivo.

También dejará de formar parte del catálogo de árboles singulares de Extremadura el castaño de Los Realengos, situado en el término municipal de Casas del Castañar.

Este árbol resultó afectado en un incendio que quemó su tronco por completo y, aunque han rebrotado algunos renuevos, las ramas principales no han podido hacerlo.

Por otro lado, el Ejecutivo extremeño ha aprobado un decreto por el que se aprueba el reglamento que regula el ejercicio de la caza, así como la planificación y la ordenación cinegéticas.

Con este reglamento, que actualiza y modifica toda la normativa anterior sobre esta práctica, y el ya aprobado por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión, se completa el desarrollo de la Ley de Caza de Extremadura.

El decreto regula el ejercicio de la caza en lo relativo a la documentación y acreditación necesaria de los cazadores, las modalidades y medios para la caza, la caza deportiva, las acciones por daños y el control de predadores, así como las normas de seguridad que han de observarse en el desarrollo de las acciones cinegéticas.

Además, regula todo lo relacionado con las especies cinegéticas en cuanto a su clasificación, introducción, régimen de tenencia y transporte de las piezas cobradas en acciones cinegéticas, así como las granjas cinegéticas y los talleres de taxidermia.

El reglamento determina además la gestión cinegética en lo que respecta a los gestores de los cotos y a su responsabilidad en dicha actividad, la planificación cinegética general y la de los cotos de caza en particular y el funcionamiento del Consejo Extremeño de Caza y de la Comisión de Homologación de Trofeos de Caza de Extremadura.

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