Audiencia de Valencia rechaza recurso contra ingreso en prisión del kamikaze

  • La Audiencia de Valencia ha desestimado el recurso de súplica presentado contra su ingreso en prisión por el conductor kamikaze que causó en 2003 un accidente mortal en la autopista AP-7 en Polinyà del Xúquer (Valencia) y cuyo indulto fue anulado por el Tribunal Supremo.

Valencia, 21 mar.- La Audiencia de Valencia ha desestimado el recurso de súplica presentado contra su ingreso en prisión por el conductor kamikaze que causó en 2003 un accidente mortal en la autopista AP-7 en Polinyà del Xúquer (Valencia) y cuyo indulto fue anulado por el Tribunal Supremo.

La fecha de ingreso en prisión del conductor kamikaze está fijada para hoy viernes y fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana han explicado que la Audiencia de Valencia no indica la prisión en la que debe ingresar el condenado porque se trata de un ingreso voluntario y es él el que debe acudir a la que estime oportuno.

Según las mismas fuentes, será Instituciones Penitenciarias la que conozca la prisión en la que ingresa el conductor kamikaze una vez que se produzca el mismo.

Además del recurso de súplica rechazado por la Audiencia de Valencia, el conductor kamikaze cuyo indulto aprobado en 2012 por el Gobierno anuló el Tribunal Supremo el pasado mes de noviembre, ha pedido al Tribunal Constitucional que paralice su ingreso en prisión.

La resolución de la Audiencia de Valencia hecha pública hoy afirma que la competencia para la suspensión de la ejecución del ingreso en prisión por la interposición del recurso de amparo pertenece al Tribunal Constitucional.

El pasado día 6 la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia remitió una notificación a la cárcel de Guadalajara, provincia en la que vive ahora el condenado, para que dé cumplimiento a la referida pena privativa de libertad, establecida en 13 años.

El Tribunal Supremo anuló el pasado 7 de noviembre el indulto que el Gobierno concedió al conductor kamikaze de Valencia al no hallar su "lógica jurídica, excluyente de la arbitrariedad", ya que el Ejecutivo no especificó las razones que le llevaron a adoptar la medida de gracia.

La sentencia fue aprobada por la mayoría del pleno de la sala de lo contencioso-administrativo del alto tribunal y contó con varios votos particulares, entre ellos el del primer ponente de la sentencia, Carlos Lesmes -nombrado posteriormente presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Supremo-, partidario de avalar el indulto.

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