La Audiencia niega la doctrina Botín y la Infanta seguirá sentada en el banquillo

    • La hermana del Rey será juzgada como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales en el marco del caso Nóos.
    • Manos Limpias, que ejerce la acusación popular, pide para ella ocho años de prisión.
Catalá prevé que a primeros de febrero el tribunal decida si aplica la doctrina Botín a la Infanta
Catalá prevé que a primeros de febrero el tribunal decida si aplica la doctrina Botín a la Infanta

La Audiencia Provincial de Baleares ha acordado mediante un auto que la Infanta Cristina continúe en el banquillo de los acusados y sea juzgada como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales en el marco del caso Nóos.

El Tribunal ha rechazado así aplicar la llamada doctrina Botín sobre la hermana del rey Felipe VI. (Auto en PDF)

La acción popular, ejercida por el sindicato Manos Limpias, pide para la hija del rey emérito Juan Carlos I ocho años de prisión como cooperadora necesaria en dos delitos presuntamente cometidos por Iñaki Urdangarin.La justificación de la decisión: "Hacienda somos todos"

La Audiencia Provincial de Baleares sustenta la decisión de mantener a la Infanta Cristina en el banquillo de los acusados como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales en el hecho de que lesionar el erario público de Hacienda "provoca un detrimento en el presupuesto necesario para procurar la asignación equitativa de los recursos públicos", por lo que desmonta el argumento esgrimido por laAgencia Tributariade que el perjudicado por estos hechos "no es la sociedad en general" sino el propio fisco como organismo.

En el auto con el que de forma unánime las tres magistradas encargadas de juzgar el caso Nóos han rechazado aplicar la doctrina Botín a la hermana del Rey Felipe VI recalcan de haber un perjudicado concreto y específico por los presuntos delitos fiscales cometidos "no sería con carácter exclusivo un determinado organismo público que monopolice" el quebranto.

Y ello porque este tipo de actuaciones delictivas "comprometen la consecución de las finalidades de la política económica y social que deben ser garantizadas en un Estado Social y Democrático de Derecho".Manos Limpias se felicita y la defensa de la Infanta se entera por TV

La abogada de Manos Limpias,Virginia López Negrete, ha confesado que esta decisión refleja que la justicia es igual para todos los ciudadanos y que ahora, doña Cristina podrá demostrar su inocencia como cualquier persona anónima en una situación semejante.

Por su parte, el abogado de la Infanta,Miquel Roca, se ha quejado ante los medios de comunicación de haberse enterado de la noticia por los periodistas y ha asegurado que "vamos a recurrir la decisión de la Audiencia Provincial de Baleares yvamos a defender la inocenciade la Infanta, por supuesto".¿Qué es la doctrina Botín?

La doctrina Botín tiene su origen en una resolución del Tribunal Supremo de 2007 en la que se avaló la decisión de la Audiencia Nacional de limitar la acción de las acusaciones particulares y no darles entidad suficiente para pedir la apertura de un juicio oral cuando la Fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa.

En diciembre de 2007, el alto tribunal confirmó el archivo del llamado caso de las cesiones de crédito, en el que estaban imputados Emilio Botín y otros tres directivos del Banco Santander, que quedaron exonerados de ser juzgados.

Entonces la Asociación para la Defensa de Inversores y Clientes (ADIC) pidió 180 años de cárcel para Botín y sus ejecutivos por unas cesiones de crédito, que permitieron al banco eludir el pago de las retenciones a Hacienda.

Con esta medida captaron casi 2.500 millones de euros y provocó la persecución de muchos clientes por presunto delito fiscal. Sin embargo, el Tribunal Supremo archivó el caso al entender que el ejercicio de la acusación popular debía limitarse "en cuanto a su alcance y extensión". En definitiva, una sola acusación no puede mantener vivo un caso si el fiscal se inhibe.

Sin embargo, en 2008 el tribunal dictó una resolución en el sentido contrario para condenar a Juan María Atutxa, expresidente del Parlamento vasco, por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak y admitió a la acusación popular en solitario "cuando el delito afecta a intereses colectivos o si no se han personado los perjudicados directos".

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