El Tribunal de Justicia europeo dice que el pacto de arbitraje no impide acudir a un órgano judicial de otro país

  • Bruselas, 10 feb (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado hoy que no se puede prohibir el recurso a un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro de la UE aunque este procedimiento vaya contra un pacto de arbitraje previamente firmado.

Bruselas, 10 feb (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado hoy que no se puede prohibir el recurso a un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro de la UE aunque este procedimiento vaya contra un pacto de arbitraje previamente firmado.

Esta sentencia destaca además que obligar a un órgano de un país a poner fin a un procedimiento "podría hacer tambalear la confianza que los Estados miembros otorgan mutuamente a sus sistemas jurídicos".

Los jueces europeos han llegado a esta conclusión tras examinar el litigio en el que se enfrentan las aseguradoras Allianz y Generalli y la empresa West Tankers.

En agosto de 2000, un buque propiedad de la mencionada compañía, el Front Comor, provocó daños al colisionar en Siracusa (Italia) con una terminal propiedad de la empresa Erg, la misma que le había fletado el combustible y con la que habían firmado un contrato sujeto al Derecho inglés y a una cláusula de sumisión arbitral de Londres.

Erg se dirigió a sus aseguradoras, Allianz y Generali, y obtuvo la indemnización correspondiente pero, después de pagar con arreglo a las pólizas del seguro, Allianz y Generali interpusieron un recurso ante un órgano de Siracusa contra la empresa propietaria del buque, West Tankers.

Debido a la existencia del pacto de arbitraje, West Tankers planteó una "excepción de incompetencia" del órgano italiano e inició paralelamente un procedimiento en el Reino Unido para impedir que ambas aseguradoras pudiesen iniciar un procedimiento que no fuese el de arbitraje.

Sin embargo, el Tribunal de la UE ha sentenciado, ante una pregunta de la Cámara de los Lores inglesa, que la orden conminatoria solicitada por West Tankers "obstaculizaría" el ejercicio de las facultades de los órganos jurisdiccionales.

Por tanto, corresponde a la justicia italiana pronunciarse sobre su propia competencia para resolver sobre el fondo de este litigio.

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