CATALUÑA. LA FISCALÍA DE LA AUDIENCIA NACIONAL DENUNCIA POR SEDICIÓN A LOS QUE ACOSARON A LA GUARDIA CIVIL Y LA COMISIÓN JUDICIAL

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado una denuncia por delito de sedición en los juzgados centrales de instrucción por los altercados que se produjeron en las manifestaciones de Cataluña durante los pasados días 20 y 21, cuando fueron detendos varios miembros del Gobierno catalán.
La denuncia no se dirige contra nadie en concreto, aunque menciona la participación de algunas personas, como el presidente de la ANC, Jordi Sánchez, y el presidente de Omnium Cultural, Jordi Cuixart, que supuestamente alentó la movilización.
El escrito relata los hechos ocurridos en las manifestaciones en las que se llegó a atacar los coches de la Guardia Civil y varios de sus miembros fueron acosados, al igual que la comisión judicial que estuvo en los registros. El fiscal General del Estado, José Manuel Maza, ha participado directamente en la elaboración de la denuncia.
HASTA 15 AÑOS
El delito de sedición se regula en el artículo 544 y siguientes del Código Penal y está castigado con penas de hasta 15 años de cárcel para quienes “se alcen pública y tumultuariamente” para “impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes”, o para “impedir a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”.
Los participantes en este tipo de actos pueden ser castigados con entre cuatro y ocho años y los cabecillas de la revuelta pueden llegar a recibir condenas de ocho a diez años. El tramo de pena más alto, que va de los diez a 15 años, se reserva para las autoridades que incurran en este alzamiento público y tumultuario.
El delito puede aplicarse a quienes actúan contra el orden público, impiden la aplicación de las leyes y resoluciones gubernativas y judiciales y a todos aquellos que participen en la “provocación, la conspiración y la proposición para la sedición”. La competencia para su investigación y enjuiciamiento corresponde a los juzgados territoriales.
Sin embargo, la fiscalía de la Audiencia Nacional ha actuado por sedición contra alcaldes catalanes por aprobar mociones de apoyo a la resolución soberanista del Parlament del 9 de noviembre de 2015, que fue suspendida por el Tribunal Constitucional en diciembre. Todas las denuncias han sido archivadas porque el delito de sedición requiere “actos concretos” que inciten a estas acciones.

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