IULV-CA critica la "inacción" de la Junta con el Plan del Litoral y pide explicaciones en el Parlamento tras su nulidad

  • El grupo parlamentario de IULV-CA ha señalado este viernes que la "inacción" de la Junta para desarrollar el Plan de Protección del Corredor Litoral, aprobado por el Consejo de Gobierno andaluz en mayo de 2015, ha favorecido que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) lo haya anulado, extremo por el que pedirán explicaciones al Gobierno andaluz en el Parlamento.
IULV-CA critica la "inacción" de la Junta con el Plan del Litoral y pide explicaciones en el Parlamento tras su nulidad
IULV-CA critica la "inacción" de la Junta con el Plan del Litoral y pide explicaciones en el Parlamento tras su nulidad
EUROPA PRESS
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En declaraciones a Europa Press, el parlamentario de la coalición de izquierdas José Antonio Castro ha advertido que desde que se aprobó el Plan en el 2015, el Gobierno de Susana Díaz "no lo ha desarrollado reglamentariamente, ni ha dado pasos para dotarlo de contenido".

Esta "inacción de la Junta", en su opinión, "ha hecho que sea mucho más fácil para quienes lo recurrieron y han intentado a través de los tribunales garantizar sus derechos privados, lograr que el Plan del Litoral andaluz sea anulado".

Así, IU ha registrado en la Cámara autonómica sendas solicitudes para que el consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio comparezca por ese asunto tanto en la comisión parlamentaria de este departamento como ante el Pleno.

Según ha manifestado el diputado de la coalición de izquierdas, IU reclama que la Junta aborde esta sentencia en el Parlamento también para explicar las consecuencias que acarreará en el litoral andaluz esta declaración de nulidad.

Castro ha recordado que IU, "aprovechando la experiencia y viendo lo que supuso el urbanismo salvaje, apostó por ampliar la protección a los primeros 500 metros de litoral", todo en el marco de un plan que perseguía "el desarrollo sostenible del litoral para contribuir a crear espacios más habitables y también generar una protección que le diera excelencia de cara, por ejemplo, a la actividad económica".

Ahora, como ha lamentado el dirigente de la coalición de izquierdas, el TSJA anula un plan que "enmendaba la plana a 15 años de urbanismo desaforado que no generaba riqueza, solo lo hacía en muy pocas manos y por muy poco tiempo, para después traer una serie de problemas derivados que se perpetuaban en el tiempo".

En la misma línea, IULV-CA quiere preguntar al Gobierno de Susana Díaz por el desarrollo de este plan desde que se aprobara en el 2015, cuando se le dio luz verde, a su juicio, "por las presiones y gracias a la participación de IU en el Gobierno andaluz". De hecho ha recordado que el entonces consejero del ramo, Luis Planas, "tuvo determinados problemas en el seno de su partido con alcaldes que no estaban de acuerdo y con protestas".

"Que se anule el plan supone un jarro de fría para el medio ambiente y para el desarrollo sostenible del litoral andaluz", ha concluido José Antonio Castro.

LA SENTENCIA

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha anulado el Plan de Protección del Corredor Litoral aprobado por el Consejo de Gobierno andaluz en mayo de 2015 a causa de un motivo formal, debido a la falta de competencia del Gobierno en funciones para la aprobación de este instrumento de planificación territorial.

En el texto de la sentencia, dictada a instancias de una demanda del Ayuntamiento de Barbate (Cádiz) y consultada por Europa Press, se resumen los planteamientos del Consistorio gaditano, en el sentido de, además de la razón que ha acabado motivando la anulación, rechazar la concurrencia de circunstancias de "extraordinaria y urgente necesidad", ya que la Junta tiene capacidad legal para proteger los ámbitos de suelo sin tener que acudir a un instrumento tan "excepcional" como el decreto ley por el que se aprobó el plan. Asimismo, se alude a "falta de motivación" y al incumplimiento de varias normas urbanísticas.

Respecto al principal motivo del fallo, el TSJA recuerda que el Gobierno en funciones debe limitar su gestión a "la administrativa ordinaria ausente de valoraciones y decisiones en las que entren criterios políticos, salvo que se motive debidamente la urgencia o las razones de interés general que justifiquen la adopción de medidas de otra naturaleza".

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