Extremadura gana en los tribunales otros 6,8 millones del impuesto bancario

  • El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) ha desestimado los recursos interpuestos por tres entidades bancarias, al considerar que el impuesto bancario es un tributo autonómico "ajustado a derecho" y las obliga a abonar 6,8 millones de euros.

Cáceres, 13 feb.- El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) ha desestimado los recursos interpuestos por tres entidades bancarias, al considerar que el impuesto bancario es un tributo autonómico "ajustado a derecho" y las obliga a abonar 6,8 millones de euros.

Esta cantidad se suma a los más de 5 millones de otras 9 sentencias anteriores y la Sala Contencioso-Administrativo del TSJEX, continua resolviendo los 104 recursos que estaban pendientes del recurso de constitucionalidad del Tribunal Constitucional.

Las últimas 4 sentencias, a las que ha tenido acceso Efe, han sido sobre recursos interpuestos por Deutsche Bank, que tendrá que abonar 87.400 euros, Banco de Crédito Local de España, condenado a pagar 283.000 euros, y dos recursos del antiguo Banco Español de Crédito de 6.400.000 euros.

El TSJEX ya ha resuelto nueve recursos a favor de la Junta de Extremadura, que suponen una recaudación de casi 12 millones de euros para el Gobierno autonómico.

Los magistrados extremeños tienen que acatar que el impuesto está ajustado a derecho, pero han tenido que estudiar si era justo o no el recargo que la Junta de Extremadura impuso a los bancos por no pagar el impuesto inmediatamente. La Sala ha decidido que ese recargo también lo tienen que pagar.

Las otras entidades bancarias que perdieron sus recursos contra la Junta fueron: Banco Atlántico, Banco de Andalucía, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banca Pueyo, Banco Espíritu Santo, Barclays Bank, Banco de Castilla y Banco Sabadell.

En todos los casos desestima los recursos de las entidades contra la resolución de la Junta Económico-Administrativa de Extremadura, que "desestima la reclamación económico-administrativa interpuesta contra la solicitud de rectificación de la autoliquidación del Impuesto sobre Depósitos de las Entidades de Crédito.

Así la Sala confirma que dicha resolución "es ajustada a derecho".

En concreto, en las sentencias se recoge que el debate sobre la constitucionalidad de la Ley 14/2001, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre Depósitos de las Entidades de Crédito, ha sido resuelto por la sentencia del Tribunal Constitucional 210/2012, de 14 de noviembre.

En esta sentencia se desestima el recurso de inconstitucionalidad presentado por el "Presidente del Gobierno de España -entonces José María Aznar- contra la Ley mencionada".

Además, rechaza el argumento de las entidades bancarias de que exista "vulneración del principio de territorialidad en el ejercicio de las competencias autonómicas y de la libertad de circulación de capitales".

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