La juez rechaza entregar las bolsas de sangre porque "no todo vale"

  • La juez de la Operación Puerto rechaza en su sentencia entregar a las autoridades antidopaje las bolsas de sangre intervenidas durante la investigación con el argumento de que "al igual que 'no todo vale' en el deporte, también en materia jurisdiccional han de respetarse unos límites".

Madrid, 30 abr.- La juez de la Operación Puerto rechaza en su sentencia entregar a las autoridades antidopaje las bolsas de sangre intervenidas durante la investigación con el argumento de que "al igual que 'no todo vale' en el deporte, también en materia jurisdiccional han de respetarse unos límites".

En la resolución, a la que ha tenido acceso Efe, la juez dice que las bolsas de sangre fueron intervenidas en registros autorizados por un juez, "con lo que supone de injerencia en los derechos fundamentales", pero que no pueden ser utilizadas "en un procedimiento administrativo sancionador en el ámbito del cual nunca habría podido autorizarse la injerencia".

En ese procedimiento, explica la magistrada Julia Patricia Santamaría, "resultarían afectados los derechos fundamentales de terceras personas sin intervención en la causa penal", en referencia a los deportistas a los que supuestamente pertenece la sangre.

La juez añade, en este sentido, que "nada impide a la Administración, en este caso y en lo que a España respecta, a la Real Federación Española de Ciclismo, iniciar el correspondiente procedimiento disciplinario contra quien considere oportuno, con la única limitación del sometimiento a la Ley y al Derecho, y nada se lo impedía anteriormente".

Santamaría dice asimismo que la ley solo prevé "el uso y cesión de esos datos para la investigación de delitos graves, nunca en orden a ser tenidos en cuenta en un procedimiento sancionador".

Agrega, además, que las acusaciones han reconocido que "no se puede identificar a priori a los ciclistas contra los que eventualmente se abriría procedimiento sancionador, sino que lo que se pretende con la obtención de las muestras de las bolsas incautadas es precisamente el análisis del ADN a efectos de identificar a los donantes de la sangre contenida en dichas bolsas".

Eso, dice la magistrada, "no deja de ser un supuesto de investigación prospectiva o de intento de apertura de una causa general en el ámbito administrativo deportivo incompatible con los principios constitucionales propios de un Estado de Derecho".

Santamaría también rechaza que se reclame la entrega de las bolsas ante la posibilidad de un delito de falso testimonio porque algunos de los ciclistas que declararon en el juicio -como Joseba Beloki, Isidro Nozal, Unai Osa, David Etxebarria, Ángel Vicioso y Marcos Serrano- pudieran haber mentido al decir que ninguna de las bolsas encontradas fuera suya.

"Si alguno de los letrados que interrogaron a los testigos ciclistas en el juicio tuvo motivos para pensar tal cosa, debería haber detenido su respectivo interrogatorio a fin de solicitar la deducción de testimonio contra el testigo para seguir el correspondiente procedimiento", dice.

La juez dice que los abogados de la acusación prefirieron seguir interrogándoles con el objetivo de "conseguir un testimonio de autoinculpación", y recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado que el uso de la fuerza para obtener información autoincriminatoria es contrario al derecho fundamental a no declararse culpable y a no declarar contra sí mismo.

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