Supremo mexicano otorga a tratados de derechos humanos rango constitucional

  • La Corte Suprema de México acordó hoy otorgar rango constitucional a los tratados internacionales en materia de derechos humanos, aunque con algunas excepciones cuando exista "una restricción expresa" en la Carta Magna, informó el organismo.

México, 3 sep.- La Corte Suprema de México acordó hoy otorgar rango constitucional a los tratados internacionales en materia de derechos humanos, aunque con algunas excepciones cuando exista "una restricción expresa" en la Carta Magna, informó el organismo.

"Creo que esta es una decisión responsable, que no retrocede en los derechos humanos, sino que avanza al consagrar este bloque de derechos constitucionales y que da claridad y certeza a todos los operadores jurídicos del país", dijo al respecto el magistrado Arturo Zaldívar.

En una sesión para tratar el tema, diez de los once magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votaron a favor del proyecto presentado por Zaldívar, que coloca al mismo nivel el derecho internacional y la Constitución en materia de derechos humanos.

El fallo, que tardó cuatro sesiones en ser adoptado, esclarece un aspecto importante que tenía que ver con la reforma al artículo 1 constitucional introducida en junio de 2011, en la cual se estableció que la Carta Magna debía interpretarse siempre con apego al Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Sin embargo, quedaron dudas sobre si los tratados internacionales ratificados por México quedaban integrados en el mismo nivel al de la Carta Magna en un llamado "bloque de constitucionalidad" o tenían inferior nivel jerárquico.

El fallo obligará a que a partir de ahora todos los jueces mexicanos deban tomar en cuenta antes de emitir sus sentencias el derecho internacional de derechos humanos.

En la discusión del proyecto, el magistrado Alfredo Gutiérrez consideró "un paso muy importante" la equiparación de los tratados con la Constitución.

Por su parte, el ministro presidente de la SCJN, Juan Silva Meza, dejó claro que el proyecto establece que si hay "una restricción expresa" en la Constitución vigente al ejercicio de los derechos humanos, los jueces deberán atenerse "al texto constitucional".

Ello sucede en México con relación a algunas figuras jurídicas como el "arraigo", como se conoce a la prisión preventiva para miembros del crimen organizado con plazos más largos que el ordinario de 72 horas.

No obstante, Silva Meza aclaró que también en estos casos habrá que brindar "la más amplia protección" a la persona, en lo que se conoce el "principio 'pro hómine'", sobre la base de decisiones ponderadas de los jueces.

Además de este asunto, la SCJN analizó una controversia constitucional para determinar si la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en casos que no afecten a México es vinculante para los jueces de este país "siempre que sea más favorable a la persona".

Con seis votos a favor y cinco en contra, la SCJN avaló la interpretación de que la jurisprudencia surgida de la CorteIDH es "una extensión de la Convención Americana" de Derechos Humanos, de la que México es parte, lo que refuerza el peso de las decisiones jurisprudenciales interamericanas en este país.

Zaldívar dijo que las sentencias emanadas de la CorteIDH deben entenderse "como un diálogo constructivo" entre tribunales nacionales e interamericano para "la defensa de los derechos fundamentales y los derechos humanos", y no buscar que, de no aplicarlas, ello "pudiera traer responsabilidad a los juzgadores" en México.

La decisión, precisó, afecta nada más a "asuntos jurisdiccionales resueltos por la CorteIDH en los cuales México no ha sido parte", ya que las sentencias emitidas directamente contra este país "son obligatorias" siempre para el Estado mexicano.

Mostrar comentarios