Eta. La audiencia nacional condena a 81 años de cárcel al etarra “mobutu” por el asesinato de tres guardias civiles


La Audiencia Nacional ha condenado a 81 años de cárcel al etarra Félix Alberto López de Lacalle, alias “Mobutu”, por ser uno de los autores materiales del asesinato de los guardias civiles José Vázquez Platas, Avelino Palma y Ángel Prado, que tuvo lugar en Salvatierra (Álava) el 4 de octubre de 1980.
Los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, presididos por Alfonso Guevara, han encontrado a “Mobutu” culpable de dos delitos de asesinato, con el agravante de alevosía, y de uno de atentado contra agentes de las fuerzas de seguridad con resultado de muerte.
La sentencia dictada hoy considera probado que López de la Calle integraba en los años 80 el “comando Araba” de ETA junto con el ya condenado Ignacio Aracama, el procesado en situación de rebeldía José Lorenzo Ayestarán y los fallecidos Miguel Lopetegi y José Manuel Aristimuño.
Los terroristas decidieron asesinar a los guardias civiles que iban a dar protección en una carrera ciclista que se iba a celebrar en la localidad de Salvatierra (Álava) el 4 de octubre de 1980 con motivo de las fiestas patronales del municipio. Los etarras ya habían intentado sin éxito asesinar a agentes de la Benemérita en la localidad guipuzcoana de Salinas de Leniz.
El sacerdote Ismael Arrieta Pérez de Mendiola, ya condenado por esta causa, se encargó de recopilar los datos de la carrera y de facilitar al comando de ETA el punto concreto donde se encontrarían los guardias civiles.
TIROTEO A LOS AGENTES
Los etarras llegaron a Salvatierra en un coche robado sobre las 15.00 horas del 4 de octubre de 1980, una hora antes del inicio de la carrera. Aparcaron el vehículo en un punto de la carretera que conduce de Salvatierra al puerto de Opacua, cerca del lugar de salida de la carrera.
Aracama permaneció en el coche, mientras que “Mobutu” y los demás terroristas se acercaron a los tres guardias civiles y les dispararon sorpresivamente en la cabeza y en el tronco.
La principal prueba utilizada por el tribunal para dictar su sentencia condenatoria ha sido las declaraciones prestadas ante la policía por María Luisa Guenechea y su hija, la etarra Soledad Iparagirre, alias “Amboto”, quienes ocultaron a los terroristas en su caserío tras el triple asesinato. En sus declaraciones ante la Policía Nacional tras ser detenidas, ambas inculparon a López de la Calle en la acción terrorista.
Si bien la sentencia destaca que Guenechea y “Amboto” intentaron en el juicio “matizar lo dicho ante el juez de instrucción”, alegando “que estaban aturdidas, no sabían muy bien lo que les preguntaban o incluso presiones policiales para declarar en un determinado sentido”, los magistrados consideran que ninguno de estos extremos “está probado”.
El tribunal destaca que las declaraciones se produjeron en presencia de sus abogados, por lo que “cualquier atisbo de presión hubiera sido puesta de relieve”.
Además de estas declaraciones, el tribunal ha tenido en cuenta que se halló una huella de “Mobutu” en el interior del coche utilizado en el asesinato.
CAMISETA DE ARGENTINA
En el juicio oral, celebrado el pasado 19 de abril, “Mobutu” quiso hacer un guiño a la expropiación de las participaciones de Repsol en la petrolera YPF y compareció en la Audiencia Nacional portando una camiseta de la selección argentina de fútbol.
“Mobutu” fue detenido en Francia el 2 de abril de 2004. Las autoridades francesas le han entregado temporalmente hasta el próximo 23 de abril.
Además de la pena de cárcel, el tribunal ha condenado al etarra a indemnizar con 390.000 euros a los herederos de José Vázquez Plata, con la misma cantidad a los de Avelino Palma y con 270.455 euros a los familiares de Ángel Prado.
La sentencia ha contado con el voto particular de la magistrada Clara Bayarri, quien considera que se debería haber absuelto a López de la Calle. La magistrada entiende que las declaraciones ante la policía de Guenechea y “Amboto” deben considerarse nulas, porque no contaron con las garantías necesarias.

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