Hasta ahora, el bloque se veía obligado a esperar a que la ONU incluyera los nombres en sus listas de sancionados o bien limitar las medidas restrictivas a decisiones individuales de cada Estado miembro.
El objetivo es agilizar la imposición de sanciones, como la congelación de haberes y la prohibición de entrada a la UE, a aquellas personas o sociedades vinculadas a las dos organizaciones terroristas.
Este nuevo marco legal servirá también para sancionar a los llamados "combatientes extranjeros", ciudadanos europeos que viajan a Siria o Irak para ser formados como terroristas, con el objetivo de regresar a Europa para atentar.
Para ello, la UE podrá dictar medidas restrictivas contra quienes viajen o tengan previsto salir o entrar de suelo comunitario con fines terroristas. En el caso de los ciudadanos europeos a los que se aplique este castigo, no podrán desplazarse a ningún otro Estado miembro distinto al suyo.
Los criterios para el nuevo listado de la UE establecen que podrán ser sancionados quienes hayan participado en la preparación o realización de atentados, pero también quienes hayan proporcionado a Estado Islámico o Al Qaeda "financiación, combustible o armas" y quienes hayan recibido instrucción.
Reclutar nuevos combatientes, incitar o provocar públicamente actos de apoyo a estos grupos terroristas o verse implicado en abusos graves de los Derechos Humanos fuera de la UE, como violaciones, secuestros, matrimonios forzados y la esclavitud son otras de las actividades sancionables bajo el nuevo marco de la UE.
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