La Junta aprueba el Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo 2017-2020

  • La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía ha aprobado el Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo para el cuatrienio 2017-2020, con el que se pretende velar por el cumplimiento de la legalidad territorial y urbanística en Andalucía.
EUROPA PRESS
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Esta iniciativa tiene, entre otras funciones, la de prevenir la formación de asentamientos urbanísticos no previstos en el planeamiento general y los procesos de parcelaciones ilegales, especialmente si se realizan en zonas de protección establecidas por los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional; así como vigilar el cumplimiento del planeamiento territorial y urbanístico en suelos protegidos por el Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía y los Planes de Ordenación del Territorio, en especial en los ámbitos de la Zona de Influencia del Litoral.

También persigue controlar los procesos de reconocimiento y la reconducción a la legalidad de situaciones irregulares existentes en suelo no urbanizable, además de la ejecución de las condiciones y medidas correctoras y compensatorias establecidas en el Decreto 2/2012.

En el marco de este plan de inspección, aprobado mediante una orden publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), la Junta de Andalucía colaborará con las corporaciones locales y entidades provinciales y municipales para el desempeño de las competencias que les son propias en disciplina urbanística, según establece la Ley 5/2010 de Autonomía Local de Andalucía. Igualmente, cooperará con los órganos judiciales y el Ministerio Fiscal en el ejercicio de sus respectivas funciones, así como con los distintos operadores interesados en la materia para lograr una mejor formación en disciplina urbanística.

Cabe destacar que en este programa de inspección se van a primar las actuaciones preventivas para evitar que se consoliden las actuaciones ilegales, como son las obras en construcción o las parcelaciones incipientes, y para lograr la reconducción o regularización ordenada de las actuaciones, seleccionando los objetivos en la fase inicial de tentativa de edificación ilícita frente a los hechos consumados.

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