Cómo solicitar la devolución del dinero retenido en la prestación por maternidad

  • Los expertos calculan que Hacienda tendrá que devolver a los contribuyentes de 2014 a 2017 entre 1.500 y 2.500 euros por cada hijo.
Mujer embarazada, embarazo
Mujer embarazada, embarazo

El Tribunal Supremo ha determinado que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, que perciben las mujeres trabajadoras durante la baja de 16 semanas tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que hasta ahora ha mantenido la Agencia Tributaria. 

[Actualización: Todo listo para devolver el IRPF por hijo: ya están los nombres y los 1.200 millones]

Esta sentencia puede propiciar que miles de madres y padres soliciten la devolución de lo tributado por la prestación de maternidad, lo que supondría un duro golpe para Hacienda. Desde Mercado Financiero hemos preparado una guía con las preguntas y respuestas para aclarar cómo solicitar la devolución de la prestación por maternidad a las arcas públicas.

¿Quién puede solicitar la devolución?

Los beneficiarios de la prestación pública por maternidad en alguno de los años 2014, 2015, 2016 o 2017, o en varios. Ojo, que esto implica que su hijo puede haber nacido en cualquier momento desde el otoño de 2013, siempre que haya disfrutado de alguna de las 16 semanas del permiso en 2014.

Por supuesto, cada contribuyente presenta un caso particular, y hay excepciones. Por ejemplo, "las mujeres que percibían nóminas por debajo de los 14.000 euros anuales prácticamente no se verán beneficiadas, por ausencia de retenciones a cuenta del IRPF, así como aquellas a las que ya se les hayan devuelto todas las retenciones, salvo a las madres cuyas declaraciones les resultó a ingresar", explican los Técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha.

De momento, parece claro que podrán reclamar los padres que compartieran el permiso de maternidad (las madres pueden ceder hasta 10 semanas) y todo apunta a que también podrán hacerlo por el permiso de paternidad. Fuentes del Ministerio de Empleo confirmaron a La Información que la Seguridad Social ya ha dejado de retener el IRPF, tanto en las prestaciones de maternidad como en las de paternidad. Pero, insistimos, es Hacienda quien debe pronunciarse respecto a las devoluciones.

¿Cuánto me pueden llegar a devolver?

Despende de cada caso. La cuantía puede variar bastante según cual sea el importe de la prestación recibida y el tipo marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente. Para hacernos una idea, la reciente sentencia del Supremo confirma una anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de junio de 2017, que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013. La contribuyente solicitaba la devolución de 3.135 euros y su prestación de maternidad fue de de 11.679 euros.

Por ejemplo, para una prestación de 5.681 euros en 2015, la devolución oscilaría entre 1.000 y 2.600 euros, según las estimaciones de la OCU.

¿Cuál es el procedimiento para solicitarlo?

Existen varios procedimientos para ejecutar la reclamación, algunos más farragosos para el contribuyente, por lo que los técnicos de Gestha recomiendan esperar a que la Agencia Tributaria implante una herramienta informática que agilice al máximo el proceso, algo que, previsiblemente, sucederá esta misma semana.

Se está trabajando en un formulario para facilitar la tramitación de la devolución. La AEAT colgó por error en su web un borrador con algunas indicaciones sobre la tramitación de la reclamación. Solo duró unos minutos, pero fueron suficientes para que circulase el 'pantallazo' por Twitter. En él, "la persona perceptora de la prestación deberá indicar los años en los que ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución que proceda". Además, la AEAT recabará en cada caso toda la información precisa para la resolución del procedimiento directamente de la Seguridad Social, por lo que no será necesario adjuntar los certificados acreditativos de las prestaciones.

Existe, en todo caso, un procedimiento estándar para solicitar la rectificación de la autoliquidación en las ventanillas de Hacienda o a través de internet. Pero, "para evitar que las oficinas colapsen", Gestha aconseja esperar a que se active la reclamación 'exprés'.

¿Cuál es el plazo para presentar la reclamación?

La solicitud de rectificación se puede pedir antes de que pasen cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la declaración reclamada o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si se presentó fuera de plazo.

¿Qué sucederá después de presentar el escrito?

Si esta solicitud se considera procedente, Hacienda rectificará la declaración presentada y devolverá la cantidad indebidamente ingresada, más los intereses de demora que correspondan.

Si Hacienda rechaza la devolución de ingresos indebidos, el contribuyente deberá presentar una reclamación económico administrativa. Si esta tampoco consigue un resultado positivo, tendrás que acudir a los tribunales contencioso administrativos asistido de abogado y procurador.

En el caso que desestimen la reclamación económico administrativa, deberás decidir si acudes a los tribunales para reclamar tu dinero. En ese caso necesitarás abogado y procurador, y los plazos y el proceso se pueden dilatar bastante en el tiempo, según advierten desde la OCU.

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