Amp.- El Supremo da la razón a los vecinos de Ciudad Santo Domingo al confirmar la suspensión de los sobrevuelos

  • El Tribunal Supremo ha dado la razón a la colonia Ciudad Santo Domingo (Algete) al confirmar la suspensión de los sobrevuelos de aviones del aeropuerto de Barajas en la zona por lesionar el Derecho Fundamental a la intimidad domiciliaria de los vecinos.

MADRID, 12 (EUROPA PRESS) El Tribunal Supremo ha dado la razón a la colonia Ciudad Santo Domingo (Algete) al confirmar la suspensión de los sobrevuelos de aviones del aeropuerto de Barajas en la zona por lesionar el Derecho Fundamental a la intimidad domiciliaria de los vecinos. En un auto notificado hoy, al que tuvo acceso Europa Press, el Alto Tribunal desestima, a petición de la Fiscalía, el incidente de nulidad promovido por Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación (AENA) contra la sentencia que condenó a AENA a pagar 6.000 euros a cada uno de los cinco vecinos demandantes, representantes del resto de 5.000 residentes de esta urbanización. AENA presentó un incidente de nulidad al estimar que la resolución lesionó su derecho a la tutela judicial efectiva porque, a su entender, se llevó a cabo "una aplicación de las normas reguladoras del derecho fundamental invocado por los recurrentes manifiestamente irrazonable". En contra, el Supremo recalca que "los niveles de ruido padecidos por los recurrentes a causa de los sobrevuelos, por su intensidad, por la frecuencia con que se produjeron y por su forma de manifestación, han de tenerse por lesivos del derecho fundamental invocado". Concluye que "producen un efecto equivalente al de la superación de los niveles medios que pacíficamente se reconoce que determinan su infracción en los espacios afectados por la declaración de impacto ambiental". Al conocer la confirmación de la sentencia de instancia, los abogados de los vecinos aplaudieron la decisión del Ministerio Fiscal por promover la desestimación del incidente. "Trataba de señalar vicios o defectos que indicasen que se les ha causado indefensión, para ganar tiempo o poder acceder al Tribunal Constitucional", señalan en un comunicado.ELEMENTOS PROBATORIOS Según el Supremo, los motivos formulados no pueden prosperar y destaca que los elementos de prueba acreditan la lesión del derecho a la intimidad domiciliaria y determina que la Sentencia no incurre en las infracciones denunciadas por AENA en derecho a tutela judicial efectiva. Para el presidente de la Asociación contra el Ruido Ciudad Santo Domingo y uno de los cinco vecinos demandantes, Jesús Coca, "se trata de un nuevo triunfo de la Justicia", pues "la Sentencia es redonda, aunque AENA haya intentado ponerle hierros a la rueda". Desde la publicación de la Sentencia hay un periodo de dos meses y diez días hábiles para que AENA la ejecute de manera voluntaria, periodo que terminó el 26 de enero. "A pesar de ello AENA ha mantenido los sobrevuelos sobre Santo Domingo, a baja altura incluso en fines de semana y desde muy temprano", señalan los vecinos. Mientras tanto el secretario general de Transportes, Fernando Palau, ha presentado escrito con documentación de más de mil folios donde "pretende dar por cumplida la sentencia con actuaciones del pasado". A juicio de los abogados, "el Ministerio de Fomento hace un increíble esfuerzo por disfrazar la realidad y tratar de convencer de que la situación desde 2004 a fecha corriente ha mejorado considerablemente gracias a las medidas adoptadas desde entonces". "Nada más lejos de la realidad: la situación es la misma que contempla la sentencia del Tribunal Supremo sujeta a ejecución o incluso ha empeorado en la actualidad", por lo que indican que la ejecución debe acreditarse siendo firma la Sentencia. Los vecinos del núcleo de población Ciudad Santo Domingo instarán al Tribunal competente que se ejecute la sentencia "en vía forzosa y pondrán en marcha si fuera necesario acciones penales que correspondan contra los responsables de la ejecución". Por ello, han convocado Asamblea informativa de la Asociación para el próximo sábado 28 de Febrero en el Salón de Actos del Club Deportivo, desde las 11:30 horas. Según esta asociación, con la primera ampliación de Barajas en 1999 se diseñó una ruta sobre la vertical sobre la población de 5000 habitantes Ciudad Santo Domingo, que colocó a la población en aproximaciones y pre-aterrizajes. Los vecinos demandaron a AENA por violación de Derechos Fundamentales por sobrevuelos y el pasado Noviembre el Tribunal Supremo falló a su favor, condenando a AENA por violación de la intimidad domiciliaria Los vecinos habían recurrido una desestimación inicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. AENA ha consignado en el Juzgado la indemnización de los recurrentes pero estos han indicado que el objeto de demanda es el ruido de los sobrevuelos, que hace la vida imposible en sus casas e inadecuado el colegio publico para 250 niños de entre seis y 12 años, con ruidos de entre 75 y 80 decibelios. SOBREVUELOS EVITABLES Los vecinos consideraron evitable la ruta aérea que pasa por esta población de 5.000 habitantes desde la construcción de la tercera pista en 1999. Además hacen referencia a los riesgos de más de 30.000 aeronaves en sobrevuelo sólo en 2003, cuando antes de la tercera pista de 1999 no había ninguno. "De hecho, los sobrevuelos carecen de justificación pues hay soluciones operativas probadas que además no reducen sustancialmente la operatividad", dicen los vecinos, que reclaman una ruta mediante el uso de guía electrónica o bien uso de aterrizaje instrumental de precisión de la nueva pista inaugurada el 5 de febrero de 2006. Por un lado, destacan que la ruta de guía electrónica fue aprobada y certificada en 2001 pues Santo Domingo está a 18 Km. del aeropuerto y más de 10 Km. de cabeceras de pistas, de manera que se ha podido utilizar desde 2002. "En la actualidad es posible el uso de la nueva pista que evita el sobrevuelo de cualquier población y proporciona la misma operatividad", sostienen.

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