En Europa, los cines sí deben controlar la edad del espectador

  • En España, la calificación por edades de las películas es sólo una recomendación. 
Estos iconos deben acompañar la publicidad de las películas
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Ministerio de Cultura

Para que una película sea estrenada, un comité de evaluación debe delimitar antes la franja de edad para la que es recomendable. Pero, ¿qué pasa una vez en los cines? ¿Quién controla la edad de los espectadores? En España, nadie. El veredicto de la Comisión de Calificación de Películas Cinematográficas es sólo una recomendación, así que no se comprueba si se sigue o no. Por el contrario, en países como Francia, Alemania o Reino Unido, el cine está obligado a certificar la edad de sus espectadores.En Alemania los niños y menores de 18 años no pueden asistir a proyecciones públicas en las que la película no haya pasado el filtro. El organismo encargado de establecer la edad aconsejable es la FSK (Voluntary Self-Regulation of the Film Industry). Desde la institución explican que trabajan en sintonía con las autoridades competentes de los diferentes estados alemanes para proteger a los menores y que son las propias salas quienes deben velar por el cumplimiento de la calificación.

Otra diferencia con respecto al sistema español es que existen categorías (la de aconsejable para menores de 12 años) que permite también la entrada a niños más pequeños si van acompañados de un adulto. Igual que en Inglaterra, donde existe una categoría (12A) que establece la misma norma. En cuanto a la catalogación, esta le corresponde a las autoridades locales, pero en la práctica quien lo hace es la British Board of Film Classification. Las salas requieren de una licencia para poder proyectar películas y si no controlan la edad de quienes acceden a ellas, pueden perderla.

En Francia también son los cines quienes están obligados a velar por que se cumplan las calificaciones emitidas por el Ministerio de Cultura y ningún menor acceda a un contenido no apto para su edad. Deben controlar los años de los niños y adolescentes antes de entrar a una proyección, incluso si estos van acompañados de sus padres o de algún otro adulto, como señalan desde el órgano gubernamental galo. De no hacerlo, el responsable sería la propia sala.

En España, por el contrario, la norma es mucho más laxa. Al tratarse de una recomendación, ésta puede seguirse o no. En cualquier caso, el cine no tiene por qué controlar la edad del público que accede a sus salas, salvo que se trate de películas X. La única obligación que tienen es la de colocar en un lugar bien visible los iconos que establecen la categoría en la que ha sido englobada cada película por la Comisión de Calificación de Películas Cinematográficas, órgano que en España se encarga de establecer el rango de edad apropiado para cada título.Cómo se califica una película en España

Bajo el nombre de Comisión de Calificación de Películas Cinematográficas se encuentra un grupo formado por un máximo de 13 y un mínimo de 10 personas encargadas de establecer la edad recomendable para entrar en la sala de un cine según lo que se proyecta en ella. Su trabajo consiste en verse todas las películas y determinar, según unos criterios establecidos por expertos, la edad recomendada para cada película. Todas deben pasar por sus manos antes de llegar a los cines españoles. El Ministerio de Cultura cuenta con una base de datos en la que se puede consultar online la calificación.

Dependiente del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), la Comisión de Calificación de Películas Cinematográficas debe calificar todas las cintas antes de su estreno comercial. Su veredicto es meramente orientativo, por lo que la responsabilidad última es del tutor del menor o del adulto que lo acompaña, pero nunca del cine donde se proyecta. Sólo hay una categoría que requiere control de entrada, la que engloba a las películas X. Los menores no deben tener acceso a ellas y sólo pueden estrenarse en las salas dedicadas a este género. El resto de categorías establecidas (la última revisión tuvo lugar en febrero del pasado año) son: Especialmente recomendada para la infancia, Apta para todos los públicos, No recomendada para menores de siete años, No recomendada para menores de 12 años, No recomendada para menores de 16 años y No recomendada para menores de 18 años.

Los criterios que se siguen para determinar la calificación fueron revisados el pasado año y se establecieron tras la consulta a expertos pertenecientes al ámbito de la educación, la defensa de los consumidores y usuarios, la igualdad, las políticas sociales y asociaciones representativas de madres y padres de alumnos. Estas directrices establecen que una película considerada para todos los públicos no debe contener elementos perjudiciales para "el desarrollo psicológico en la infancia, con independencia del grado de dificultad que presente su contenido". Tampoco puede incluir escenas que generen "ansiedad, miedo, dolor o tensión emocional". Ni violencia tanto física como verbal. Eso sí, se permiten prácticas discriminatorias, antisociales, incívicas, ilegales o perjudiciales para la salud siempre y cuando no se presenten como correctas y beneficiosas. Si hay escenas de desnudez o diálogos de carácter sexual, éstas no deben herir la sensibilidad del espectador, criterio que se aplica también al lenguaje en general. Si se cumple todo esto, la cinta será calificada para todos los públicos.

Que una película sea considerada apta no implica que sea recomendable para niños. Para eso existe una categoría específica, que establece que una producción será para niños cuando tenga contenido narrativo y visual destinado especialmente a ellos, sea fácilmente comprensible, transmita valores sociales y pedagógicos, estimule la imaginación o, simplemente, entretenga. Si esto se da, entonces la película recibirá la muletilla de 'Especialmente recomendada para la infancia'. Ésta sirve como refuerzo a las categorías de 'Apta para todos los públicos' o 'No recomendada para menores de siete'.

En el extremo opuesto a las aptas para todos los públicos se encuentran las consideras X, que, contrariamente a lo que se tiende a pensar, es una calificación que no afecta sólo al porno. Según los criterios de evaluación seguidos por la Comisión de Calificación de Películas Cinematográficas, "pueden recibir esta calificación las películas que clara y manifiestamente supongan una apología de la violencia. En particular: la descripción visual detallada, reiterada o completamente 'acrítica' de escenas de violencia extrema y daño físico grave infligido a personas de manera cruel, inhumana o degradante". El caso más reciente es el de 'SAW VI'. No pudo ser estrenada en salas normales tras ser considerada X por su extrema violencia.

Estos son sólo algunos ejemplos. Cada una de las categorías estipuladas tiene sus propios criterios de evaluación (que pueden consultarse en el BOE), girando todos ellos en torno a los mencionados anteriormente y variando en el grado de presencia permitido en el guión.¿Quién compone la Comisión?

La Comisión actual está compuesta por 13 personas. El director del ICAA ostenta la presidencia y es el encargado de aprobar el dictamen de la Comisión, como explican desde el propio ICAA. Él, además, nombra a los vocales -entre siete y diez-, procedentes de los distintos grupos sociales de la sociedad y vinculados a los ámbitos cinematográfico y audiovisual y de consumidores y usuarios. Su designación tiene lugar a propuesta del Consejo de Consumidores y Usuarios, al pedagógico, a la defensa del menor, a la igualdad de género, a la atención a la discapacidad así como a la defensa del medio ambiente. La actual Comisión cuenta con 10 vocales (cuatro hombres y seis mujeres) nombrados a finales de 2009 y encargados del visionado de las películas. Su cargo tiene una duración máxima de dos años consecutivos. La Presidencia también es la encargada de elegir al vicepresidente -que debe ser el titular de una de las subdirecciones generales del ICAA- y la secretaria –alguien perteneciente también a este organismo dependiente del Ministerio de Cultura-.

La calificación, el paso previo al estreno

La calificación atribuida tanto por la Comisión de Calificación de Películas Cinematográficas como por los órganos autorizados de las comunidades autónomas -Cataluña es la única que tiene asumidas estas competencias- tendrá validez en toda España y es un requisito obligatorio para poder comercializar una película. Estrenar sin calificación se considera una falta grave que puede acarrear una multa de hasta 40.000 euros según la Ley del cine.

Para solicitar la calificación las distribuidoras o productoras deben enviar una copia de la película con el contenido idéntico al que se comercializará junto con los títulos de crédito, la ficha técnico-artística, la acreditación de estar en posesión de los derechos de distribución, la sinopsis y los diálogos y, si la película no es española, el certificado de nacionalidad oficial pertinente. Una vez recibido todo el material, la Comisión cuenta con un mes para determinar si se le concede la calificación solicitada –la distribuidora sugiere una categoría- o la engloba en otra. Si la respuesta no llega en ese periodo de tiempo, se entiende que ha sido aceptada la propuesta.

Obtenida la calificación, ésta debe figurar en todo el material publicitario y la distribuidora tiene que comunicársela a los cines. Además, existen unos iconos aprobados junto con los nuevos criterios para acompañar a las películas. La obligación de las salas es que la calificación esté bien visible para los espectadores a la hora de comprar las entradas. De no ser así, pueden ser sancionadas por una falta leve con una multa de hasta 4.000 euros.

Cuando es la Comunicada Autónoma quien se encarga de la calificación, está siempre actuará de acuerdo con el ICAA otorgándole un número de expediente común. En estos caos, los criterios y procedimientos que se aplican a esta institución pasan a ser competencia del órgano autónomo, como ocurre con Cataluña y el Institut Català de les Indústries Culturals. De hecho, Cataluña, además de estas competencias, tiene su propia Ley del Cine, aprobada en 2010.

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