El Complejo Hospitalario tramita un millar de inscripciones telemáticas de nacimientos en el registro civil

El Complejo Hospitalario tramita un millar de inscripciones telemáticas de nacimientos en el registro civil
El Complejo Hospitalario tramita un millar de inscripciones telemáticas de nacimientos en el registro civil
EUROPA PRESS
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En torno al 40 por ciento de los progenitores de los recién nacidos en este centro hospitalario han optado por el registro telemático dada la facilidad que les supone su tramitación, han informado a Europa Press desde el citado Complejo Hospitalario.

Las comunicaciones realizadas al Registro Civil (1.015) corresponden en un 70 por ciento al registro de Huelva capital (696), distribuyéndose el resto entre otras 37 localidades. De ellas, Aljaraque (41), Almonte (38) y Lepe (38) son las que reciben un mayor número de solicitudes desde el hospital.

El Complejo Hospitalario Universitario de Huelva implantó esta iniciativa en octubre de 2015 al ser designado entre los 24 primeros centros hospitalarios a nivel nacional para el inicio del nuevo modelo de inscripción vía telemática, al mismo tiempo que se pilotaba el proyecto para su progresiva extensión por los hospitales del sistema sanitario público andaluz.

Para poder registrar a su hijo recién nacido en el Complejo Hospitalario de Huelva los padres deben solicitarlo en un plazo máximo de 72 horas desde el nacimiento del bebé, ya que una vez superado el tiempo indicado, la ley no permite que lo ejecuten los centros hospitalarios y tendrán que hacerlo de manera presencial en las oficinas del Registro Civil.

En este sentido, los progenitores pueden utilizar de forma voluntaria el nuevo sistema de comunicación electrónica a través del centro sanitario, o bien, si lo desean, pueden tramitar su solicitud presencialmente en la forma y plazos habituales.

Si deciden registrarlo desde el hospital, los padres deben acudir a la secretaría de Pediatría del Hospital Juan Ramón Jiménez para la tramitación, ubicada junto al área de Maternidad. En estas dependencias presentarán el documento oficial acreditativo del nacimiento con la firma del médico que asista el parto, el DNI o NIE original de ambos progenitores y, si están casados, el libro de familia o certificado de matrimonio.

El personal administrativo escanea estos documentos y los adjunta al formulario oficial de la inscripción, que debe incluir la rúbrica de los progenitores, tramitándolo vía telemática a través de un programa en conexión con el Registro Civil.

CERTIFICADO POR CORREO

Tras finalizar todo el proceso, en unos días los padres recibirán el certificado literal de nacimiento por correo ordinario o correo electrónico, pudiendo imprimirlo y añadirlo al Libro de Familia si ya cuentan con él. Si no disponen del Libro de Familia, basta con que tengan el certificado ya que, según la legislación actual, este Libro de Familia dejará de expedirse a partir de 2017.

Aunque el servicio se ofrece para todos los usuarios, de acuerdo a la ley existe una serie de excepciones en las que los hospitales públicos no pueden llevarlo a cabo como son: una vez que pase el plazo de las 72 horas desde el nacimiento, que se mencionaba anteriormente; cuando la madre renuncia a la maternidad; cuando la declaración sea contraria a la presunción de paternidad; si alguno de los progenitores es menor de edad; que se dé la situación que el padre y la madre sean extranjeros de distinta nacionalidad; y, en el caso que deseen inscribirse como progenitores dos mujeres, deben estar casadas legalmente para que el centro la pueda tramitar.

Esta iniciativa se enmarca en la ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil que se publicó en Boletín Oficial del Estado en 2015, que establece la tramitación electrónica desde los centros sanitarios, a modo de ventanilla única, de la inscripción de los recién nacidos.

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