IU pide declarar nulas las inmatriculaciones de bienes que la Iglesia hizo en periodo de "privilegio", entre 1998 y 2015

IU pide declarar nulas las inmatriculaciones de bienes que la Iglesia hizo en periodo de "privilegio", entre 1998 y 2015
IU pide declarar nulas las inmatriculaciones de bienes que la Iglesia hizo en periodo de "privilegio", entre 1998 y 2015
EUROPA PRESS
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La iniciativa, firmada por el diputado Ricardo Sixto, señala que durante este periodo de 17 años se "intensificó" el proceso por el que los obispos de la Iglesia Católica emitían unilateralmente certificaciones de dominio sobre los bienes que consideraban suyos. Esto, según indican, fue consecuencia de un derecho especial de inmatriculación que instauró el Gobierno de José María Aznar, y mantuvo José Luis Rodríguez Zapatero, ampliando esa facultad a edificios de culto, templos, ermitas y otros bienes que forman parte del patrimonio cultural de España.

Sixto califica esta situación como un periodo de "privilegios" en el que una autoridad eclesiástica podía expedir la certificación de dominio acreditando que el bien que se pretendía registrar era propiedad de la Iglesia. "Y todo ello mediante un procedimiento extraordinario y sin publicidad, sin información pública, sin notaría, sin publicación de edictos y con un coste de tramitación irrisorio", denuncia a través del texto registrado.

Esta normativa se mantuvo hasta 2015, cuando el Ejecutivo de Mariano Rajoy la reformó, eliminando la posibilidad de inmatricular bienes de la Iglesia, entendiendo que ya ha habido tiempo más que suficiente para inmatricular todos aquellos bienes que la organización poseía desde tiempo inmemorial y sin título escrito, explica IU.

NO SE CUESTIONA EL USO RELIGIOSO DE LOS BIENES PÚBLICOS

Pero, para Sixto, además de este paso, el Gobierno debería declarar "nulas" las inmatriculaciones realizadas durante el periodo de "privilegios" entre 1998 y 2015.

"La propiedad pública de los inmuebles es la mejor garantía del uso vecinal de los mismos, tanto para funciones religiosas como culturales, sin que ningún propietario particular pueda vender, alquilar o condicionar su uso. Y todo ello sin perjuicio de que se mantenga el uso religioso de los bienes de propiedad pública, uso que no se cuestiona", aclara la formación.

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