Junta insiste en que el estudio de afección de los márgenes del Guadalquivir correspondía al Ministerio

  • La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha insistido este sábado en que el estudio de afección de los márgenes del Guadalquivir a su paso por el Espacio Natural de Doñana correspondía al Ministerio del ramo, a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, al ser una de las medidas correctoras de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) en relación al proyecto del dragado de profundización del río, finalmente desestimado por el Puerto de Sevilla.
EUROPA PRESS

En una nota, la Consejería, dado que entendía que era un proyecto que perseguía garantizar la defensa del río y la mejora de sus accesos marítimos, colaboró en esta cuestión activamente en el ámbito de sus competencias, tanto con el Puerto de Sevilla, impulsor del dragado del Guadalquivir, como con la Administración General del Estado, principal órgano sustantivo en esta materia y responsable de las autorizaciones ambientales pertinentes, de acuerdo con el art. 11 de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental.

"Por tanto, desde la Consejería siempre se defendió que era la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, quien debería haberse pronunciado sobre la conveniencia del proyecto de márgenes, su encaje en la DIA y sobre si era necesaria o no una nueva evaluación ambiental", ha insistido.

En su momento, y tal y como correspondía a la Consejería, se dio traslado a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del escrito remitido a la Autoridad Portuaria de Sevilla en relación al proyecto de defensa de la margen derecha del río Guadalquivir, en el que se manifestaba que el referido proyecto afectaba a dos espacios Protegidos de la Red Natura 2000: Doñana y Bajo Guadalquivir, y que en su ámbito se identificaban 13 hábitat de interés comunitario así como 44 especies de interés comunitario. Por todo ello, por aplicación del artículo 45.4 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y Biodiversidad, el Ministerio debía evaluar la repercusión y afección a la Red Natura, dado que la Autoridad Portuaria era un órgano de carácter estatal.

Además, la Junta de Andalucía elevó esta consulta al Gabinete Jurídico, que informó que, conforme a la sentencia del Tribunal Constitucional 149/2012, de 5 de julio, la Evaluación Ambiental de Zonas de Especial Conservación correspondía a quien ostentaba la competencia sustantiva para evaluar la actividad.

De esta manera, ha subrayado que el Ministerio era el órgano que debía haber realizado la Evaluación a Red Natura 2000 del proyecto de defensa de márgenes, por ser de su competencia, "independientemente de los informes preceptivos a los que la Consejería dio cumplimiento en su ámbito de actuación, a requerimiento del Ministerio, durante la tramitación del procedimiento ambiental que le correspondía impulsar".

Por último, el Gobierno andaluz ha considerado que "no hay ninguna cuestión pendiente de responder en esta materia por parte de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que ha realizado su trabajo siempre persiguiendo el interés general y el cumplimiento la legalidad vigente y mostrándose diligente en aras de garantizar la lealtad institucional y un clima de diálogo social".

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