La niebla, precisamente, ha podido ser la causa de una colisión múltiple por alcance de tres vehículos ocurrida esta mañana en Ekai (NA150), en la que se han registrado importantes daños materiales, según ha informado la Policía Foral.
Especial atención deben prestar los usuarios de algunos modelos de vehículos cuya luz automática tan sólo activa los focos delanteros de uso diurno, quedando los traseros sin luz. Esta circunstancia multiplica el riesgo de no ser advertido por quien circula detrás, aumentando el riesgo del alcance cuando la niebla condiciona la visibilidad. Por lo tanto deberán accionar el alumbrado correcto delantero y trasero, con el apoyo de los antiniebla.
El artículo 106 del Reglamento General de Circulación recuerda la obligación de utilizar el alumbrado cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga. En estos casos deberá utilizarse la luz antiniebla delantera o la luz de corto o largo alcance.
La luz antiniebla trasera solamente deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables, como en caso de niebla espesa. Sin embargo deberán desconectarse en cuanto las condiciones mejoren, ya que por su intensidad estas luces pueden deslumbrar.
El hecho de circular sin alumbrado en situaciones de falta o disminución de la visibilidad tendrá la consideración de infracción grave.
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