Aborto. Down españa: "el aborto hasta la 22ª semana por graves anomalías en el feto supone una discriminación por discapacidad"


El presidente de Down España, José Fabián Cámara Pérez, señala, como principal consecuencia para la modificación de la actual regulación de la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva, que es "necesario" modificar el actual supuesto discriminatorio que permite el aborto hasta la 22ª semana en el caso de "graves anomalías en el feto", ya que este aspecto supone "de facto" una discriminación por motivo de discapacidad.
En el marco de la nueva ley orgánica que modificará el actual redactado sobre el aborto, Cámara lo expresa así en un artículo de opinión publicado en el número 28 del periódico "cermi.es semanal", órgano de expresión del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).
Cámara opina que hay que partir del “profundo” cambio de enfoque sobre el aborto que plantea esta nueva interpretación de las personas con discapacidad (como seres humanos sujetos de derechos).
Con esta concepción, continúa, “no tiene sentido tratar la discapacidad en el marco de la legislación del aborto (hacerlo conlleva la existencia y aplicación de una discriminación por motivo de discapacidad), aunque sí tendrá sentido contemplarla en el ámbito de las actuaciones de ayuda, orientación, asistencia y acompañamiento en el ámbito de la salud reproductiva de la madre”.
A su juicio, “no es posible que el legislador establezca una legislación que incorpore opciones de aborto ante un diagnóstico de discapacidad, ya que hacerlo conllevaría automáticamente una discriminación por motivo de ella”.
Asimismo, opina que la regulación legislativa del aborto deberá ser debatida y sometida a decisión, pero considera que "los límites o condicionantes que se establezcan tendrán que ser iguales para todos los seres humanos en esta situación, sin distinción por el hecho de que el feto sea o no una persona con discapacidad".
El presidente de Down España apunta también que no hay una respuesta clara para un tratamiento "adecuado" de la discapacidad en la futura Ley del Aborto. En este sentido, hace referencia a la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que defiende y ampara una concepción de este grupo como "sujetos de derechos, dignos de pleno reconocimiento y respeto, en igualdad al resto de seres humanos".
Gracias a la Convención, añade, "disponemos ya de un elemento firme en este debate". "El legislador tiene potestad para establecer y acordar un funcionamiento y un criterio sobre los límites, regulación y procedimientos relativos a la regulación del aborto, pero éstos no pueden contener elementos discriminatorios por motivo de discapacidad", indica.
Además, esta interpretación ha sido avalada por el Comité de Naciones Unidas de los Derechos de Personas con Discapacidad, que tras la sesión del pasado 23 de septiembre dio a conocer su informe final de seguimiento y evaluación de la adaptación normativa de la citada Convención de Derechos Humanos de la ONU en España y recomendó al Gobierno español que suprima la distinción hecha en relación al plazo dentro del cual la ley permite que se interrumpa un embarazo por motivos de discapacidad exclusivamente.

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