(AMPLIACIÓN) LA AUDIENCIA ARCHIVA LA EMBESTIDA DE LA ARMADA CONTRA UN BARCO DE GREENPEACE

- Los ecologistas protestaban por las prospecciones petrolíferas de Repsol. El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha acordado el sobreseimiento y archivo de la investigación abierta contra dos militares y una activista de Greenpeace por los incidentes ocurridos el 15 de noviembre de 2014, en aguas cercanas a Canarias entre militares de la Armada que protegían las prospecciones petrolíferas de Repsol y activistas de esta organización.
El juez concluye que no hay responsabilidad penal ni de los militares ni de la activista de Greenpeace que resultó herida en los hechos. Los hecho ocurrieron cuando el buque de Greenpeace 'Arctic Sunrise' se encontraba en el punto donde el Gobierno de España había autorizado a la multinacional Repsol a buscar petróleo frente a Lanzarote y Fuerteventura, y en aguas internacionales.
La intención de la organización ecologista era proteger ”la inmensa biodiversidad de la zona de la agresión y el peligro que suponen las prospecciones de hidrocarburos en aguas profundas”.
Aquellos hechos terminaron con una activista de Greenpeace herida de gravedad, sendas denuncias de la Armada y de los activistas y una querella de Fiscalía por delito de piratería por los actos de la organización ecologista.
El juez explica en su escrito que la actuación de la Armada estaba amparada por la legalidad. En el caso de Greenpeace, el juez concluye que aunque su conducta fue netamente antijurídica no se puede imputar un delito de piratería a la activista que resultó herida puesto que ni comandaba ni pilotaba la lancha, no tuvo dominio alguno del hecho ni tenía capacidad alguna sobre las otras tres embarcaciones de Greenpeace que participaron en los hechos. Su participación se limitó, según el magistrado “ a ocupar una de las lanchas, desconociéndose si su propósito era abordar o no el buque”.
Después de todas las diligencias realizadas el juez considera acreditado que los militares aquel día estaban desarrollando una función de seguridad y mantenimiento del orden público, actuando como agentes de la autoridad, protegiendo la zona de exclusión a la navegación marítima, tal y como lo había acordado tres días antes en una resolución el Director General de la Marina Mercante para llevar a cabo las prospecciones solicitadas por Repsol.
Ante las reiteradas negativas de Greenpeace para retirarse, los militares no actuaron de inmediato, sino que reportaron a sus superiores, solicitando nuevas órdenes a las que se ajustaron. La actuación de estos militares, se ajustó al cumplimiento de su deber, limitándose a obedecer las órdenes dadas, tanto el día anterior como el propio día de los hechos. Unas órdenes, que según el juez fueron graduadas en función de las circunstancias.
El magistrado concluye que los activistas de Greenpeace mostraron una conducta de clara rebeldía, se adentraron consciente y voluntariamente en una zona de exclusión marítima, violentaron la decisión de la autoridad pública que había prohibido legalmente la navegación en esa área, comenzaron las maniobras para intentar el abordaje del buque y mostraron señales más que evidentes de que no pensaban atender las órdenes directas de la autoridad, colocándose voluntariamente en una situación muy peligrosa.
Por este motivo, el auto recuerda que, en supuestos como este caso, la imputación del riesgo se traslada al ámbito de responsabilidad de las víctimas, en tanto que la actividad generadora del riesgo fue concebida, implementada y llevada hasta sus últimas consecuencias por los activistas de Greenpeace

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