Creadas las nuevas especialidades de Psiquiatría Infantil y Genética Clínica

  • El Gobierno ha aprobado hoy el Real Decreto de Troncalidad que moderniza la estructura docente y por el que se crean dos especialidades nuevas: la de Psiquiatría del Niño y del Adolescente y la de Genética Clínica.

Madrid, 25 jul.- El Gobierno ha aprobado hoy el Real Decreto de Troncalidad que moderniza la estructura docente y por el que se crean dos especialidades nuevas: la de Psiquiatría del Niño y del Adolescente y la de Genética Clínica.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a este texto que regula las asignaturas comunes de la formación sanitaria, así como la reespecialización y la capacitación específica, con los objetivos de "impulsar la evolución del sistema formativo y adaptar las estructuras docentes a nuevos programas de formación".

Se trata de una medida que moderniza la preparación de los profesionales sanitarios para que aprendan a abordar desde las primeras etapas de su formación especializada los problemas de salud de una manera integral, según ha informado el Ministerio de Sanidad en una nota de prensa.

La troncalidad supone la adquisición de competencias comunes a varias especialidades en ciencias de la salud a través de un periodo de formación uniforme.

De esta manera, la formación en régimen de residencia se estructura en dos ciclos consecutivos, uno troncal, en el que se adquieren los conocimientos comunes a las especialidades del mismo tronco, y otro específico en el que se adquieren los conocimientos de cada especialidad. Ambos ciclos integrarán la formación completa de las especialidades en ciencias de la salud.

Las especialidades médicas, quirúrgicas y multidisciplinares se estructuran en 5 grupos: médico, quirúrgico, de laboratorio y diagnóstico clínico, de imagen diagnóstica y de psiquiatría.

En cada uno de ellos se han agrupado especialidades que en sus programas formativos tienen competencias comunes, que se adquirirán en unidades acreditadas durante un periodo no inferior a dos años.

La elección de plaza de tronco y unidad docente troncal se realizará una vez superada la prueba nacional de acceso que con carácter anual convoca el Ministerio de Sanidad.

Una vez superada la evaluación del periodo troncal, los residentes elegirán especialidad y unidad docente de entre las ofertadas, en función del orden obtenido en la prueba de acceso.

Los profesionales sanitarios que prestan o hayan prestado servicios en el sistema sanitario podrán obtener un nuevo título de especialista en otra especialidad del mismo tronco.

En este caso, los aspirantes deberán realizar únicamente el programa formativo correspondiente a la especialidad, quedando exentos del primer ciclo troncal. Para ello se exige que tengan una experiencia de al menos cinco años de ejercicio profesional.

Para no romper el equilibrio que debe existir entre las plazas ofertadas por el procedimiento ordinario y por el de reespecialización, se establecen unos límites de manera que el cupo de plazas no podrá ser superior al 2 % del total. Asimismo, las que oferte cada comunidad autónoma no podrán exceder del 10 % del total.

La formación en áreas de capacitación específica supone la ampliación en los conocimientos que ya tienen los especialistas, lo que permitirá a algunos profesionales profundizar en aquellas facetas que demanda el progreso científico en el ámbito de una o varias especialidades en ciencias de la salud.

A través de este Real Decreto se crean las áreas de capacitación específica de Enfermedades Infecciosas, Hepatología Avanzada, Neonatología, Urgencias y Emergencias.

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