Ya en vigor

Dónde sí hay que seguir con mascarilla: la lista de centros publicada por el BOE

Desde hoy, España se desprenderá de ella en la mayoría de los interiores, aunque, tal y como publica el Real Decreto, hay algunas excepciones. 

Mascarillas quirúrgicas
Mascarillas quirúrgicas
Eduardo Parra / Europa Press
Mascarillas en interiores: espacios donde será obligatorio

A lo largo de estos dos años de pandemia, no han sido pocas las fechas o los días señalados que quedarán para el recuerdo. El de hoy, miércoles 20 de abril de 2022, es uno de ellos. Y es que el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado, a primera hora de esta mañana, el Real Decreto 286/2022 que elimina la obligatoriedad de seguir utilizando las mascarillas en interiores, desde que se impusiera hace 700 días. 

Tal y como reza el texto: "La evolución de la pandemia de la Covid-19, favorecida por las coberturas de vacunación que se han alcanzado en España y por la aplicación de las medidas no farmacológicas de control de la transmisión del SARS-CoV-2 por parte de la población, permite plantear modificaciones en las estrategias de control de la pandemia". 

Cita, además, que las coberturas de vacunación ya están por encima del 92% en la población mayor de 12 años y más del 92% de los mayores de 60 años han recibido una dosis de refuerzo que mejora la protección de este grupo en caso de infección grave. Eso sí, todavía hay sitios donde sí será obligatorio llevar mascarilla. 

  • Centros sanitarios, hospitales, fisioterapeutas, dentistas, podólogos, farmacias y ópticas.
  • Residencias de mayores: para trabajadores y visitantes en las zonas comunes. 
  • Transporte público: aviones, trenes, autobuses, taxis. 

Hay algunas excepciones en esta lista, ya que, por ejemplo, en los hospitales no será obligatorio en la habitación, para aquellos que están ingresados; y, en el caso del transporte público, no será obligatorio en estaciones, aeropuertos y andenes. 

¿Qué ocurre en el trabajo?

Según el BOE, en el entorno laboral, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación.

Mostrar comentarios