El Estado baja de 58 a 37 días el pago a proveedores en el segundo trimestre

  • La Administración General del Estado (AGE) tardó una media de 37 días en pagar a sus proveedores en el segundo trimestre del año, un plazo inferior a la media de 58 días registrada en el primer trimestre, pero por encima del plazo máximo de 30 días fijado por la Ley de Morosidad.

Madrid, 6 oct.- La Administración General del Estado (AGE) tardó una media de 37 días en pagar a sus proveedores en el segundo trimestre del año, un plazo inferior a la media de 58 días registrada en el primer trimestre, pero por encima del plazo máximo de 30 días fijado por la Ley de Morosidad.

Según los últimos datos publicados por el Ministerio de Hacienda, el periodo medio de pago del segundo trimestre también fue menor que el del conjunto de 2012, cuando se situó en 47,5 días, aunque en ese año la AGE disponía de un máximo de 40 días para pagar a sus proveedores, frente a los 30 de este ejercicio.

El plazo máximo de 30 días está establecido para las operaciones de las administraciones públicas de gastos corrientes en bienes y servicios, mientras que en el caso de pagos a empresas constructoras de obra civil con contrato en vigor se eleva a 60 días, el mismo previsto en la ley para las operaciones entre empresas privadas.

De acuerdo con el último informe trimestral de Hacienda, el tiempo que tardó de media la AGE en pagar las inversiones fue de 42 días.

A 30 de junio de 2013 había 1.043 operaciones pendientes de pago por un importe de 41,9 millones de euros, que acumulaban un retraso medio de 47 días.

De esas operaciones, en 257 casos en los que el importe ascendía a 13,8 millones se excedió el periodo legal de pago, al alcanzarse los 55 días de media.

No obstante, la mayoría de ellas (183 por un total de 10,6 millones) estaban pagadas a 18 de julio, con lo que sólo quedaron pendientes 74 transacciones por 3,2 millones.

Hacienda explica que gran parte de esas operaciones se encuentran en esa situación debido a la falta de datos bancarios o a la existencia de incidencias como embargos o compensaciones tributarias.

El Ministerio de Defensa fue el que más tardó en pagar en el segundo trimestre (41 días), seguido del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y del Ministerio del Interior (ambos con 38 días).

Cabe destacar que el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa estuvieron entre los que más tardaron en pagar pero también fueron los que más operaciones realizaron, 5.194 y 3.701, respectivamente.

Los más cumplidores fueron el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (18 días), y los Ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas, el de la Presidencia y el de Fomento (todos ellos con 21 días).

También pagaron por debajo de los 30 días que establece la Ley de Morosidad el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (23 días); el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (26 días); el Ministerio de Empleo y Seguridad Social (28 días); y el Ministerio de Economía y Competitividad (29 días).

Al margen de los ministerios, el Tribunal Constitucional pagó a sus proveedores en una media de 15 días, mientras que el Tribunal de Cuentas lo hizo en 17 días.

Para las inversiones, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente fue el que más demoró el pago (51 días de media), seguido de Interior (casi 50 días de media).

Los que menos tardaron en pagar sus inversiones fueron el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, y el de Hacienda y Administraciones Públicas (ambos se demoraron alrededor de 21 días).

De acuerdo con el informe, los que más operaciones pendientes de pago tenían a 18 de julio de 2013 eran el Ministerio de Defensa, con 384 operaciones por importe de 16 millones, y el de Interior, con 258 operaciones por 3,3 millones.

En el lado contrario de la tabla se situaron el Ministerio de la Presidencia (una operación pendiente de pago) y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (6).

Hacienda subraya que no figuran en este informe las operaciones que no están basadas en una relación comercial, como las que son consecuencia de una relación estatutaria o de personal o las que se deben a la potestad de expropiar de la Administración.

También se excluyen las realizadas entre los distintos ámbitos del sector público estatal y las operaciones entre este y los órganos centrales de las comunidades autónomas.

El informe recoge sólo la morosidad de la administración central, por lo que no incluye ni a la administración autonómica ni a la local, donde la demora media en los pagos suele ser mayor.

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