El Gobierno regula que las guarderías pasen a ser centros educativos que atiendan a niños de entre 0 y 3 años

  • Los consejeros de Educación, Cultura y Deporte, Luis Alegre, y Servicios Sociales, Sagrario Loza, informaron hoy del Decreto del Gobierno riojano por el que todos los centros de la Comunidad Autónoma que atiendan niños de 0 a 3 años tendrán la consideración de centros educativos.

LOGROÑO, 09 (EUROPA PRESS) Los consejeros de Educación, Cultura y Deporte, Luis Alegre, y Servicios Sociales, Sagrario Loza, informaron hoy del Decreto del Gobierno riojano por el que todos los centros de la Comunidad Autónoma que atiendan niños de 0 a 3 años tendrán la consideración de centros educativos. Un Decreto, cuyo borrador presentaron hoy ambos, y que estará aprobado en dos meses, que adaptará estas enseñanzas a la Ley Orgánica de Educación (LOE). Por ello, "cambiará el modelo de atención de niños de 0 a 3 años que hasta ahora hay en La Rioja!, con guarderías (autorizadas y supervisadas por Servicios Sociales) y centros educativos infantiles (que corresponden a Educación). Este modelo "ha dado resultados excelentes y ha asegurado la calidad de la atención de los niños", aseguró Alegre. CONTENIDO Sin embargo, apuntó el consejero, "aunque el Gobierno de La Rioja entiende que la atención a ese tramo de edad es, principalmente, asistencial, es necesaria adaptarla a la LOE, de obligado cumplimiento, ya que esta establece que debe ser prestada en centros educativos". Así, la Consejería de Educación "será la que tenga competencia en todo el Primer Ciclo de Educación Infantil", a través del Decreto que en 7 capítulos recoge 31 artículos y 11 disposiciones. De esta manera, establece, en cuanto a los aspectos educativos, las capacidades que los niños tienen que desarrollar a lo largo de la etapa; los métodos pedagógicos y los contenidos de este ciclo, propios del desarrollo infantil hasta los 3 años. Al tratarse de una etapa educativa, el Decreto también se refiere a la evaluación. Alegre destacó que "quizá el requisito que enfatiza la condición de etapa educativa es la exigencia de que los centros infantiles tengan un Proyecto Educativo propio en el que constará su propuesta pedagógica (con la que los centros programarán su actividad docente y establecerán sus Programaciones de aula) y sus normas de organización y funcionamiento". También estos centros infantiles deberán planificar un período de adaptación para los niños que se incorporan por primera vez al centro. El consejero indicó que los centros públicos, tanto de titularidad de la Comunidad Autónoma como de los municipios, se denominarán 'Escuela Infantil de Primer Ciclo'. Por su parte, los centros privados serán 'Centro docente de primer ciclo de Educación Infantil'. Los centros que no estén autorizados por la Administración educativa no podrán denominarse de esta manera ni prestar una atención sistemática y continuada. Asimismo, el Decreto del Primer Ciclo de Educación Infantil regula los requisitos que deberán cumplir todos los centros que impartan este ciclo. En zonas rurales o cuando la demanda no justifique la existencia de centro completo, se podrán autorizar centros con una o dos unidades En cuanto a la titulación mínima de los profesionales que trabajan en estos centros, viene exigida por la LOE. Deberán estar en posesión de la de Maestro Especialista en Educación Infantil o del título de Técnico Superior en Educación Infantil, así como sus equivalentes. El decreto, además, regula el número de profesionales de los centros. El mínimo en un centro será igual al número de unidades en funcionamiento más uno. Además, por cada seis grupos o fracción, al menos uno de los profesionales deberá tener el Título de Maestro o de Grado equivalente. Puede haber otros profesionales sin titulación pero sólo podrían realizar labores de apoyo, y en ningún computar en el mínimo fijado. El número máximo de niños por aula será de ocho en las unidades de niños menores de un año; 13 en las clases de los pequeños de 1 a 2 años y de 20 en las de hasta tres años. La oferta de plazas se efectuará de manera diferenciada por cada uno de los tramos de edad. Otro de los requisitos que determinará el Decreto es que los alumnos se incorporarán con al menos, tres meses de edad cumplidos. Pero si las circunstancias de las familias lo justifican, podrán incorporarse, como mínimo con 6 semanas. El calendario escolar de los centros del primer ciclo de Infantil, según el Decreto, será de lunes a viernes, todos los días durante diez o más meses al año, de septiembre a julio (excepto festivos y no laborables) Los centros podrán permanecer abiertos de 7.30 a 17.30 horas, pero ningún niño podrá permanecer más de 8 horas diarias en el centro. El calendario escolar concreto será fijado anualmente por la Administración educativa. En municipios de menos de 5.000 habitantes, la Consejería de Educación podrá autorizar el uso reducido del horario a las familias, siempre que no existan alumnos en lista de no admitidos. Alegre señaló que centros autorizados como guarderías por la Consejería de Servicios Sociales, "quedan autorizados, siempre que lo soliciten sus titulares a lo largo de los tres años siguientes a la publicación del Decreto". En su caso, los centros, que no estén autorizados ni por Educación ni por Servicios Sociales, dispondrán de tres años para adaptarse. En cuanto a la adaptación del personal que trabaja en los actuales centros de educación infantil o guarderías sin la titulación adecuada, el Decreto establece un período transitorio para que puedan obtener la titulación mínima exigible. Así, aquellas personas que llevan trabajando tres de los últimos ocho años en centros de educación infantil, podrán continuar siempre que obtengan alguna de las titulaciones exigidas en un plazo máximo de seis años. El personal de las guarderías podrá continuar hasta el final del curso escolar 2014-2015 (6 años), a partir del cual será obligatorio que dispongan de la titulación mínima exigible. Si transcurridos los plazos indicados, no han obtenido la titulación exigida no podrán ejercer como docentes, aunque sí como personal complementario para labores de apoyo.SERVICIOS SOCIALES Por su parte, la Consejería de Servicios Sociales, según manifestó su titular, a través de la Dirección General de Infancia, Mujer y Familia, mantendrá la línea de financiación destinada a Ayuntamientos titulares de guarderías y dirigidas a conciliar la vida familiar y laboral. Esta línea de financiación anual está dirigida a sufragar los gastos de las plazas de guardería. Actualmente, la Consejería financia, con un total de 752.010 euros, 972 plazas públicas municipales de 17 guarderías que se encuentran ubicadas en Galilea, Fuenmayor, Lardero, Murillo, Autol, Alcanadre, Villamediana, Pradejón, Ausejo, San Vicente de la Sonsierra, Alberite, Albelda, Navarrete, Logroño, Santo Domingo de la Calzada, Cervera de Río Alhama y Calahorra. Además, la Consejería financiará las obras que están ejecutando los Ayuntamientos de Agoncillo (612.312,86 euros para construcción), Cenicero (209.409,15 euros más el equipamiento) y Pradejón (1.031.752,83 euros para construcción y 74.553,68 euros para equipamiento). Del mismo modo, finalizará la reforma que actualmente se está desarrollando en la guardería de Rincón de Soto (de titularidad autonómica), en la que se invertirán un total de 436.063,26 euros, e iniciará las obras de la guardería de Haro que sustituirá a la que existe en la actualidad (también con titularidad del Gobierno de La Rioja). El presupuesto de la guardería de Haro se eleva a 3.096.469,28 euros. Para finalizar, Loza informó que la región cuenta con 24 guarderías públicas, 7 del Gobierno y 17 de ayuntamientos, así como otras 31 privadas. En total hay 1.665 plazas públicas y 1.647 privadas.

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