El supremo declara nulo el despido de 301 empleados de la universidad politécnica


El Tribunal Supremo ha declarado nulo el despido colectivo de 301 empleados de la Universidad Politécnica de Madrid (UPM), entre los que había funcionarios y trabajadores interinos, por no cumplir el Estatuto de los Trabajadores.
En una sentencia dada a conocer hoy, los magistrados entienden que “la simple amortización de una plaza vacante", ya sea de un trabajador indefinido no fijo o de un trabajador con contrato de interinidad por vacante, no conlleva “la extinción de los contratos sin necesidad de acudir al procedimiento previsto en Estatuto de Trabajadores”.
En concreto, la Sala de lo Social del Alto Tribunal cita el artículo 51 del Real Decreto, referido a las condiciones que regulan el despido colectivo, y el artículo 52.c, sobre la extinción del contrato por causas objetivas.
En este sentido, los magistrados insisten en que “se deberán seguir los procedimientos de extinción previstos en esos preceptos” pese a que se hayan acreditado “la concurrencia de las causas económicas” que puedan justificar la extinción.
La Federación de Trabajadores de la Enseñanza (FETE-UGT) de la UPM y la Federación de Enseñanza de Madrid de Comisiones Obreras presentaron un recurso ante el Supremo contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del 14 de junio de 2013 en la que se desestimaban las demandas interpuestas por ambos sindicatos.
El Consejo de Gobierno de la UPM decidió en marzo de 2013 rescindir el contrato de trabajo de 145 funcionarios y de 156 trabajadores interinos. La Universidad comunicó a los trabajadores por carta su despido, que se haría efectivo el día 31 del mismo mes, tres días después de tomar la decisión.

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